Es difícil trasmitir, en un tiempo relativamente, breve la experiencia chilena en materia de defensa judicial y extrajudicial del Estado y los detalles más relevantes de nuestro modelo de defensa.
Algo de aquello intentaré hacer pero permítanme previamente algunas cuestiones breves.
Lo primero es agradecer a los organizadores de este Seminario la acogida y la organización que han demostrado durante estos tres días. Agradecer a la Alcaldía Mayor en particular a la Secretaría General y a la Procuraduría General de la Nación de Colombia por la colaboración que han tenido durante este encuentro.
Lo segundo es valorar a los asistentes, a ustedes. No es fácil siempre en los tiempos que corren detener la vorágine y dedicarse a pensar en lo que hacemos, en por qué lo hacemos, cómo lo hacemos y cómo deberíamos hacerlo. Quizás esa sea una de las aptitudes que uno debería esperar, casi periódicamente, de quienes ejercemos funciones en materia jurídica, porque es la única manera de cumplir en parte al menos aquellos sueños y valores que nos motivaron a luchar a nuestras respectivas facultades de derecho. Así que muchas gracias a los asistentes por el rigor, la disciplina y sin lugar a dudas por la no poca paciencia que han tenido que tener durante estos días.
Por último recalcar la disposición de mi país, en la institución que representó, para perseverar en la gestación de mecanismos Iberoamericanos, que tienen por objeto una tarea que estimamos urgente y relevante para nuestra democracias y que consiste, básicamente, en dotar a los Estados de sistemas institucionales que respondan adecuadamente a los nuevos desafíos que se presentan, según sabemos de manera permanente. Creemos con honestidad que en estas materias cada país debe estar dispuesto a comprender primero y a aprender después de la experiencia de las dificultades en las soluciones específicas que se van planteando en los otros países de nuestra región, asumiendo que ninguno de nosotros tiene aún la receta única o la receta perfecta.
El Estado moderno debe ser capaz de adaptarse paulatina y sistemáticamente, con profundidad, a las nuevas exigencias que hoy nos imponen nuestros sistemas democráticos por una parte y nuestra ciudadanía por la otra.
Si no somos capaces de hacerlo sembramos, ineludiblemente, semillas de ingobernabilidad y en definitiva procesos crecientes de desorden institucional que todos lamentaríamos y que algunos países no queremos volver a vivir. Por esa razón pese a que nuestro modelo de defensa del Estado cumple en Chile en los próximos días 111 años de labor y alguien podría sostener que con la experiencia mas que centenaria ya es un sistema consolidado, la verdad es que ello no es completamente así. Hemos tenido éxitos, relevantes algunos, pero también enfrentamos desafíos nuevos, diferentes, surgidos del propio desarrollo en todas las áreas, de lo que hoy reclaman nuestros pueblos con más fuerza que antes y con más derechos que antes, de la revolución de las comunicaciones, en fin de numerosos temas respecto de los cuales no necesariamente la experiencia nos prepara.
Por esta razón, independientemente de la historia de nuestras respectivas instituciones y de cómo cada país ha abordado, estructuralmente, la defensa judicial y extrajudicial del Estado, los países que estamos aquí representados nos requerimos y necesitamos unos a otros en el terreno de compartir nuestras experiencias y dificultades y de construir marcos de entendimiento que faciliten nuestras funciones local. Por eso, en representación de mi país, saludamos la iniciativa a Colombia y nos comprometemos con su desarrollo.
Quisiera ahora brevemente resumir con un gran esfuerzo de síntesis algo de nuestra trayectoria, de nuestra organización y de nuestras funciones.
El año 1895 a finales del siglo XIX nació en Chile una estructura organizada inicialmente, más o menos de facto, constituida por abogados del tesoro público que en aquella época se denominaron o se autodenominaron Consejo de Defensa Fiscal.
Frente al creciente numero de pleitos que en aquella época amenazaban con afectar al patrimonio fiscal, su función primaria y esencial consistió en organizar y ejecutar la defensa fiscal, así como hacerse cargo de cobrar las acreencias de la Hacienda Pública. Pasarían 65 años, el año 1960 para que este antiguo Consejo de Defensa Fiscal pasará a denominarse Consejo de Defensa del Estado y adquiriera rango de organismo con una Ley orgánica propia, manteniendo siempre el rol tradicional de defensa a los intereses patrimoniales del Estado, tanto en su vertiente civil como en su vertiente penal, cuando los eventuales delitos podían afectar la Hacienda Pública o eran cometidos por funcionarios públicos.
También hasta esa época el Consejo mantenía competencia en el área penal para ejercer acciones en todos aquellos delitos que pudieran ser de interés social relevante.
A mediados de la década de los años 90 el Consejo, además de sus roles tradicionales, comenzó a incorporar competencias adicionales tendientes a contribuir a la manutención y al adecuado funcionamiento del Estado de Derecho. Por ejemplo, asumíamos todas las causas que pretendían indemnizaciones de perjuicios, invocando la nulidad de derecho o la ilegalidad de los actos emanados de las autoridades públicas y el uso de sus atribuciones legítimas, así como defendíamos a las autoridades públicas recurridas de protección o de amparo económico en los distintos tribunales.
Con la creación del Ministerio Público, desde el año 2000, se implantó en Chile, paulatinamente, la reforma procesal; el Ministerio actúa en este nuevo procedimiento en representación de la sociedad. De esta manera, a partir de la vigencia de esta reforma en todo el territorio nacional, el Consejo de Defensa del Estado ceso en la competencia penal que tenía anteriormente y solo mantuvo competencia en aquellos delitos que de alguna manera implican una afectación del patrimonio fiscal, como en todos aquellos delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo. En estos casos participamos como querellantes tal como lo hace cualquier actor en el proceso penal.
En este contexto definimos hoy día la misión del Consejo en los siguientes términos:
Representar judicialmente al Estado para defender sus intereses patrimoniales y no patrimoniales asesorando jurídicamente a las autoridades que lo requieran, contribuyendo así a mantener el Estado de Derecho.
Dentro del organigrama de la administración del Estado, el Consejo es un servicio público autónomo, independiente de los ministerios. Es por tanto un ente descentralizado con personería jurídica y patrimonio propio, definido anualmente en nuestra Ley de presupuesto. Está estructurado en un Consejo con 12 Consejeros nombrados por el Presidente de la República, en nuestro caso por la Presidenta de la República, cuya función es la Dirección Superior de las causas judiciales.
Actualmente mantenemos activas, aproximadamente 32 mil causas en todo el país. Para ello hemos tenido que descentralizar territorialmente el Consejo y contamos con 17 oficinas o Procuradurías Fiscales, distribuidas en cada una de las ciudades con asiento de la Corte de Apelaciones que cubren lo mismo todas las regiones del país.
Nuestra dotación de personal es de 555 funcionarios, de los cuales 270 son abogados. Hoy día escuchaba la recarga que tienen los abogados aquí en Colombia en la defensa de los intereses del Estado; se hablaba de casos de que habían aproximadamente 500 causas por abogado. Si uno distribuye las causas que tenemos actualmente activas en Chile y las divide por el número de abogados nos da una cifra aproximada de 118 causas por abogado, lo que me parece cumple adecuadamente con los estándares que se requieren.
Las competencias del Consejo se encuentran de alguna manera vinculadas a la definición institucional del Estado de Chile, de acuerdo con nuestra Constitución Política.
Se define a nuestro Estado como subsidiario, regulador, supervisor, fiscalizador y garante. Lo anterior implica como se avanzó, además de los roles tradicionales de defensa de los intereses patrimoniales, hemos ido incorporando otros temas.
En marzo del año 94 se publicó en Chile la Ley sobre bases generales del medio ambiente que entregó la acción pública al Consejo de Defensa del Estado para defender el medio ambiente cuando este ha sido dañado de manera significativa en los términos que la Ley señala. También el Consejo es titular ciertamente de la acción de indemnización por daño ambiental cuando el daño se ha producido en bienes fiscales.
A partir de marzo del año 2005 el Consejo además tiene a su cargo y esto es una curiosidad que quisiera explicar con mayor largueza, tiene a su cargo decía, la mediación obligatoria en materias de salud, previa al ejercicio de las acciones jurisdiccionales, cuando los particulares sufran algún daño por prestaciones asistenciales en el sistema público de salud.
Esto es una curiosidad porque un Consejo de las características del chileno que tiene fundamentalmente una cultura de litigios y que lleva cerca de 110 años en eso, de repente se ve enfrentado a la necesidad de participar o conducir la mediación en eventuales daños producidos por el sistema público de salud a particulares, ejerciendo una función que ciertamente está muy lejos del litigio, ustedes saben que el sistema de mediación que tiene diferencias sustanciales por cualquier proceso, pero el poder Legislativo y el Ejecutivo quisieron en Chile entregarle al Consejo este tema especifico, porque se previó que a propósito de una ley denominada el AUGE establece un sistema de acceso garantizado a prestaciones de salud para toda la población, la judicialización de la medicina era de manera relevante y se quiso poner de alguna manera como una prevención al proceso, propiamente tal, la necesidad de que previamente existiera como requisito habilitante para recurrir a los tribunales, una gestión de mediación encabezada, tratándose del sistema público por un Consejo y tratándose del sistema privado de salud por la Superintendencia de Salud.
Para nosotros ha sido una tarea tremendamente interesante porque nos coloca un tipo de abordaje en los temas jurídicos diferente y hasta el momento llevamos un año en eso, con un éxito bastante importante en términos de reducir la cantidad de conflictos que llegan a tribunales. Aproximadamente el resultado porcentual de mediaciones exitosas es cercano al 30%, lo que para el primer año es un muy buen dato.
Termina el tema emergente que han alcanzado relevancia y que si bien no se encuentran dentro de las facultades del Consejo, estimamos nosotros, debemos ir incorporando.
Primero está todo el mundo de la solución alternativa de conflictos que en Chile ha ido cobrando bastante importancia y ha ido de alguna manera generando posibilidades, por ejemplo en el ámbito de salud que ya se los comenté y en los ámbitos laboral, de familias y de menores.
También nos interesa mucho porque eso hoy día es abordado por otras entidades de Estado, enfrentar la defensa de los intereses del Estado de Chile ante los tribunales internacionales y los tribunales arbítrales, fundamentalmente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos-CIDH y la Corte Interamericana de Justicia.
¿Para quién trabajamos?
Trabajamos para el Estado y todos los entes públicos. En Chile la administración del Estado está constituida por los ministerios, las intendencias, las gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados por el cumplimiento de la función administrativa, incluyendo en ellos a la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las fuerzas de orden de seguridad pública, los gobiernos regionales, los municipios y las empresas públicas creadas por Ley.
¿Cómo nos va?
Yo tengo un dato aquí que voy a compartir con ustedes pero inmediatamente después voy hacer una reserva para hacer definitivamente honesto.
El año pasado, el año 2005, que en la estadística más cercana que tenemos, se cerraron por sentencia definitiva ejecutoriada, causas que representaban pasivos contingentes para el Estado de Chile por alrededor de 463 millones de dólares. El monto ejecutoriado contra el fisco, es decir lo que el fisco tuvo que pagar, fue de 8 millones de dólares. De manera tal que haciendo la resta, el monto evitado de pagar que es lo que nosotros exhibimos frente al poder Legislativo y a la dirección de presupuesto para conseguir los recursos que necesitamos para funcionar, fue de 455 millones de dólares. Es decir, en teoría una efectividad cercana al 98%. Ustedes comprenderán que para cualquiera que lo lea así es una muy buena estadística pero yo he tomado la decisión y así lo he pedido para este año, que el índice sea muy parecido al que acaba de dar el doctor Joaquín de Fuentes Bardají, en términos de comparar juicios ganados con juicios perdidos, porque como en Chile no existe ningún límite para la pretensión judicial que se dirige en contra el Estado estamos acostumbrados ya a que los montos demandados superan absolutamente, con creces, aquello que razonablemente un tribunal podría otorgar si el demandante gana el juicio en definitiva, de tal manera que es una estadística engañosa pero nosotros lo usamos porque es objetiva.
Una palabra final sobre los procesos de modernización del Estado y cómo se inserta el Consejo en dichos procesos.
Es de conocimiento que con el proceso de modernización de los Estados, a través del cual transitamos distintos gobiernos latinoamericanos, se busca adecuar a los nuevos tiempos la estructura tradicional del sector público, generando institucionalidades que resulten adecuadas al rol presente y futuro de un Estado regulador y garante, incorporando de manera decisiva los principales avances tecnológicos para el mejoramiento de una gestión, haciéndola más eficiente y orientada a resultados como expresión de cuenta pública a la ciudadanía.
Se busca, en otras palabras, la construcción de un sector público que responda al requerimiento que plantea la sociedad civil actual, para lo cual se requiere contar con un Estado al servicio del ciudadano y con una estructura flexible que permita llevar a cabo una gestión de alto rendimiento, participativa y transparente.
En esa tarea nos encontramos hoy en día, insertos con plenitud, nuestra institucionalidad democrática teniendo plena conciencia de nuestro papel y de nuestros límites. Nuestros profesionales tienen fama en Chile de cuidar el patrimonio fiscal como si fueran propio y ello es así porque los Estados modernos son cada vez más exigidos por nuestro ciudadano; se les pide otorgar seguridad, protección, respeto de sus garantías y derechos individuales; eficacia y limpieza de la administración de los recursos públicos, para impedir los abusos, la corrupción pública o privada y garantizar el adecuado equilibrio en el ejercicio de las prerrogativas y poderes públicos, necesitamos entonces estructuras intencionales sólidas, fuertes y que se proyecten en el tiempo.
Eso es lo que hoy día tratamos de lograr y una de las razones que explica que estemos, aquí en Bogotá, asumiendo con ustedes una tarea común.
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