Año |
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Restrictor |
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1955 |
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Acuerdo 21 de 1955 Concejo de Bogotá, D.C.
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Faculta al Alcalde del Distrito para reorganizar el Departamento de pagos de la Tesorería Distrital, así como para suprimir los empleos de las distintas dependencias cuyas funciones consistan en el pago de contabilidad y nóminas. Art. 1 a 4. Vigencias Art. 5. |
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1955 |
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Acuerdo 74 de 1955 Concejo de Bogotá, D.C.
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Reorganiza la Tesorería del Distrito y le asigna nuevas funciones en cuanto al ejercicio de la jurisdicción coactiva. Art.1. Crea el Departamento de Cobranzas y Censo de contribuyentes. Art. 2. Define la palabra contribuyentes para efectos del Acuerdo. Indica el contenido del Censo de Contribuyentes. Art. 3 a 5. Determina plazos para ciertas oficinas públicas, para efectos de cumplir con las funciones del Departamento creado y asigna funciones al Tesorero, Jefe de Departamento de Cobranzas y Jueces recaudadores de Ejecuciones Fiscales. Art. 6 a 8. Autoriza la concesión de plazos e indica funciones al Departamento. Art. 9 y 10. Limita plazos para que algunos juzgados entreguen negocios coactivos que tienen bajo su conocimiento y determina responsabilidades para los jueces de ejecuciones fiscales. Art. 11 a 16. Reorganiza y asigna funciones a la Tesorería Distrital. Art. 17 y 18. Vigencia Art. 22. |
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1957 |
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Acuerdo 12 de 1957 Concejo de Bogotá, D.C.
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Determina las funciones de la Tesorería Distrital, así como las propias del Tesorero Distrital. Art. 1 a 3. Dispone un orden jerárquico entre el Tesorero y los pagadores de empleados, de jornales y los recaudadores pagadores de las Alcaldías menores. Indica ciertas obligaciones de los jueces de ejecuciones fiscales, y define lo que hace parte de las cuentas del Tesorero. Art. 5 a 8.delimita las auditoría fiscal. Art. 9. Vigencia art. 11. |
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2001 |
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Decreto 270 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Dirección Distrital de Tesorería, funciones, art. 30. Unidad de Ejecuciones Fiscales, funciones, art. 31. Subdirección de Planeación Financiera e Inversiones, funciones, art. 32. Unidad de Planeación Financiera, funciones, art. 33. Unidad de Inversiones, funciones, art. 34. Subdirección de Operación Bancaria, funciones, art. 35. Unidad de Pagaduría, art. 36. Unidad de Registro y Consolidación, art. 37. |
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2003 |
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Decreto 499 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Señala las funciones de recaudo y pagos, así como las operaciones y competencias asignadas a la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría de Hacienda Distrital. |
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2006 |
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Decreto 545 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Determina la estructura interna y funcional de la Secretaría Distrital de Hacienda, la cual con la nueva estructura de la Administración Distrital adoptada mediante el Acuerdo 257 de 2006, es cabeza del sector Hacienda, que a su vez está integrado por la Secretaría Distrital de Hacienda, y por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital con personería jurídica y el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP, como entidades adscritas y la Lotería de Bogotá, como entidad vinculada. Señala las funciones que deberá cumplir la Dirección Distrital de Tesorería. Art. 48 |
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2009 |
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Concepto 7557 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda
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Concepto sobre el alcance de la competencia de recaudo en la Secretaria Distrital de Hacienda¿[L]a competencia para aplicar el mecanismo de cuenta única distrital a través del cual se desarrolla el principio presupuestal de unidad de caja, es de la Dirección Distrital de Tesorería¿. ¿En tanto que la competencia de recaudo de la Dirección Distrital de Tesorería conlleva la determinación de la política de contratación de las entidades financieras, agotamiento de la etapa previa de la contratación, apertura de la cuenta bancaria, facultades que incluyen verificación del ingreso, conciliación y control de los mismos en la cuenta bancaria respectiva¿.
¿[L]a Dirección Distrital de Impuesto deberá señalar los aspectos técnicos que le competen para que la Dirección Distrital de Tesorería, las incluya al definir al definir el anexo o la ficha técnica del proceso de selección de las entidades financieras de acuerdo a las políticas y estrategias adoptadas.¿
¿[A]l Secretario de Hacienda (¿) le corresponde suscribir los contratos que en virtud del referido Decreto [390 de 2008 Alcalde Mayor] se celebren con las entidades financieras para el manejo de la Cuenta Única Distrital¿.
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2009 |
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Concepto 17873 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda
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Se consulta sobre el manejo que se le debe dar al documento ranking de cupos de inversión y contraparte. ¿[E]l manejo de la información de los ranking de inversión y contraparte generado por la Oficina de Análisis y Control del Riesgo y aprobados por el Comité de Riesgo, cuyo uso y remisión a las demás entidades radica principalmente en la Dirección Distrital de Tesorería, dicha información se hace obligatoria para las entidades que hacen parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital. En cuanto a las demás entidades se enviará como recomendación para el manejo de los correspondientes portafolios de inversión.
En lo que tiene que ver con las sociedades fiduciarias se sugiere enviarlos a las entidades distritales que han suscrito contratos de fiducia, y será el contrato el que determine que el ranking es obligatorio o no. Caso diferente para los patrimonios autónomos como quiera que tienen un régimen especial de inversión.¿
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2009 |
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Concepto 24220 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda
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¿La Dirección Distrital de Tesorería se encuentra facultada para proceder a la entrega a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico de la información entregada por ésta y que reposa en la base de datos OPGET¿. ¿En ingreso por parte de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al OPGET, debe ser limitado únicamente a la información a la información que fue aportada y registrada a solicitud de esta última¿. |
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2010 |
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Circular 5 de 2010 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital
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Dicta medidas para las devoluciones de conformidad Decreto Distrito 390 del 13 de noviembre de 2008. |
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2016 |
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Resolución 158 de 2016 Secretaría Distrital de Hacienda
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Define aspectos específicos, en relación con la apertura, manejo, control y cierre de cuentas bancarias identificadas con el NIT de Bogotá D.C. Lo dispuesto en la presente Resolución aplica a las cuentas bancarias denominadas en moneda legal colombiana de titularidad de las entidades que conforman el sector central y de localidades del Distrito Capital, identificadas con el NIT de Bogotá D.C., y en lo pertinente, a las cuentas administradas por la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda. |
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2016 |
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Resolución SHD-00 de 2016 Secretaría Distrital de Hacienda
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Establece el procedimiento para el funcionamiento de la Cuenta Única Distrital CUC, mecanismo mediante el cual la Secretaría Distrital de Hacienda, por medio de la Dirección Distrital de Tesorería, debe recaudar, administrar, invertir, pagar, trasladar y/o disponer, los recursos correspondientes al Presupuesto Anual del Distrito Capital. |
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2017 |
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Decreto 216 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Reglamenta el Decreto 714 de 1996, el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y dicta otras disposiciones en materia de recaudo y legalización de ingresos. La Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Tesorería, recaudará, directamente o mediante contratos o convenios con entidades del sector financiero, los ingresos corrientes tributarios y no tributarios, los recursos de capital y las transferencias nacionales y territoriales, a favor del Distrito Capital. |
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2017 |
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Resolución 304 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda
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Modifica el Parágrafo 1 del Artículo 1 de la Resolución SHD-243 de 2016, en el sentido que La Dirección Distrital de Tesorería podrá efectuar pagos mediante cheque únicamente en los siguientes casos: 1. Como medio de pago de contingencia; 2. Para cumplir con orden emitida por juez o tribunal o por otra autoridad competente; 3. En los casos excepcionales que con carácter general autorice el Tesorero Distrital. |
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2018 |
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Decreto 797 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Define las reglas relacionadas con el mecanismo de aportes voluntarios y su implementación. Los aportes voluntarios que las personas naturales o jurídicas entreguen a título de donación en los términos del artículo 1443 del Código Civil, ingresarán al presupuesto distrital como recursos de capital y se recaudarán por la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Tesorería y su ingreso, administración y control será determinado por medio de resolución de la mencionada entidad. Dando así especial valor al aporte voluntario de la ciudadanía, reflejando su disposición de ser parte en el logro de objetivos colectivos de la administración distrital. Siendo el aporte recibido de los ciudadanos en lo últimos años muestra la capacidad de su respuesta para incidir efectivamente en su comunidad, herramienta que es necesario continuar fomentando. |
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2018 |
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Resolución 179 de 2018 Secretaría Distrital de Hacienda
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Consolidará la información tributaria correspondiente al NIT de Bogotá D.C. 899.999.061-9, como agente de las retenciones en la fuente del orden nacional y distrital y del recaudo del IVA generado, y dará cumplimiento formal a las obligaciones de presentación y pago, de acuerdo con los procedimientos y en las fechas establecidas por las entidades recaudadoras de los impuestos;
definirá los procedimientos y aplicativos que permitan el registro de las operaciones necesarias por parte de las entidades del sector central y fondos de desarrollo local para obtener la información que debe consolidarse para el cumplimiento de las mencionadas obligaciones tributarias y, procederá a consolidar y a transmitir la información tributaria correspondiente al NIT de Bogotá D.C. 899.999.061-9, a través de los medios electrónicos establecidos por la DIAN y por la Dirección de Impuestos de Bogotá.
Definir el procedimiento al que deben sujetarse las entidades responsables de información inconsistente y/o extemporánea para la solicitud de corrección de la información exógena y el pago de las sanciones.
Atenderá los requerimientos ordinarios o solicitudes de información realizados por la Administración Tributaria, respecto de las operaciones comerciales y económicas realizadas por las entidades o dependencias que conforman el sector central de la administración distrital y los fondos de desarrollo local, con los terceros proveedores, contratistas y/o empleados. |
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2019 |
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Circular 003 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda
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Informa las modificaciones que la Dirección Distrital de Tesorería DDT efectuó al recaudo de conceptos varios para Ingresos No Tributarios, así como las instrucciones que para ese efecto deberán observar las entidades destinatarias. |
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2019 |
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Resolución 316 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda
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Adopta un nuevo Protocolo de Seguridad para las tesorerías de órganos y entidades que hacen parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital y los Fondos de Desarrollo Local |
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2021 |
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Resolución 601 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda
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Se unifica el procedimiento que debe agotar la Secretaría Distrital de Hacienda para celebrar los acuerdos, convenios o contratos operativos de servicios necesarios para el manejo de recursos por parte de la Dirección Distrital de Tesorería. |
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2023 |
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Circular 003 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital
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Informar directrices y lineamientos para la devolución de ingresos no tributarios. Teniendo en cuenta lo anterior, la implementación del Sistema de Información Financiera de la Secretaría Distrital de Hacienda (SAP-BogData) y la implementación del mecanismo de Cuenta Única Distrital respecto de Establecimientos Públicos y entidades asimiladas presupuestalmente, se hace necesario actualizar el procedimiento para efectuar las devoluciones de ingresos no tributarios. |
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2023 |
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Circular DDT-00 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital
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Imparte lineamientos para culminar la implementación gradual de la Cuenta Única Distrital respecto de los Establecimientos Públicos y asimilados, que hacen parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital. |
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2023 |
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Circular DDT-00 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital
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Instrucciones para Reporte de INFORMACIÓN EXÓGENA TRIBUTARIA-DIAN - Año Gravable 2022 - Bogotá Distrito Capital NIT 899.999.061 |
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Total: 22 documentos encontrados para SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA ::
Dirección Distrital de Tesorería
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