Documentos para SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA :: Obligaciones y bonos pensionales
Año   Documento   Restrictor  
1998   Decreto 395 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delegar en el Secretario de Hacienda de Santa Fe de Bogotá, D.C., la función de desarrollar las actividades relacionadas con el reconocimiento, liquidación, emisión y pago de bonos pensiónales y cuotas partes a cargo del Distrito Capital que deban ser asumidas por el Fondo de Pensiones Públicas de Santa Fe de Bogotá, D.C., de conformidad con las disposiciones legales vigentes
 

 
2002   Decreto 153 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La Secretaria de Hacienda asumirá funciones pensionales y de prestaciones económicas a partir del 10 de mayo de 2002, art. 1 y 2. Procesos judiciales en curso y representación judicial, art. 3. Entrega de información y responsabilidad en la liquidación de la nomina de pensionados, art. 4. Derechos de petición y acciones de tutela, art. 5.
 

 
2002   Decreto 433 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna competencias al Director de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda Distrital, para el reconocimiento y pago de pensiones del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá. Art. 1. Asigna funciones al Subdirector de Obligaciones Pensionales de la Dirección de Crédito Público para el liquidar y emitir actos de trámite y recocimiento de bonos pensionsles. Art. 2. Vigencia Art. 3.
 

 
2003   Decreto 191 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Subdirector de obligaciones pensionales de la Dirección de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, funciones relacionadas con el conocimiento de obligaciones pensionesles de las entidades sustituidas por el Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá.
 

 
2003   Decreto 412 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna a la Secretaría de Hacienda de Bogotá la competencia para suscribir los convenios interadministrativos con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, para administrar el fondo del pasivo pensional de la Universidad y las actividades necesarias para el cumplimiento del convenio que se celebre para ello, sin que tal convenio implique la asunción del pasivo por parte del Distrito.
 

 
2005   Concepto 61 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

A partir del 1 de julio de 2.001, le corresponde a la Secretaría de Hacienda, Subdirección de Obligaciones Pensionales, el manejo de los expedientes de los pensionados a cargo del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá, una vez FAVIDI le haga entrega de los mismos, y proyectar los actos administrativos relativos a pensiones para la firma del Secretario de Hacienda, articulo 5º Ibídem. A partir del 10 de mayo del 2.002, la Secretaría de Hacienda asumió las competencias que venía desempeñando FAVIDI en materia de reconocimiento y sustitución de pensiones, e indemnizaciones sustitutivas, entre otras. Adicionalmente, a partir de la citada fecha, el citado organismo asumió la función de representación legal y extrajudicial del Distrito Capital - Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá, en todo lo relacionado a obligaciones pensionales a cargo de dicho fondo.
 

 

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