Documentos para SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA :: Horario Atención al Publico
Año   Documento   Restrictor  
1998   Decreto 442 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 442 de 1998 Durante la época de vencimientos de los impuestos predial unificados y vehículos 7:00 AM y 9 PM, lunes a viernes, sábados y domingos de 9 AM a 3 PM
 

 
2008   Resolución 34 de 2008 Secretaría Distrital de Hacienda  

Establece el horario de trabajo de los servidores públicos de la Secretaría de Hacienda que será de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. y el de atención al público de la Dirección Distrital de Impuestos que será de 7:00 a.m. a 7: 00 p.m de lunes a viernes. Indica que los servidores asignados para prestar sus servicios en los CADES y SUPERCADES, cumplirán los horarios establecidos por la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano y señala los turnos que cumplirán los servidores públicos vinculados a la Dirección Distrital de Impuestos, mientras se adecúan los espacios físicos respectivos.
 

 
2012   Resolución 206 de 2012 Secretaría Distrital de Hacienda  

Adiciona la Resolución SDH-000433 del 30 de septiembre de 2011, en el sentido de establecer que el horario de trabajo de los servidores públicos de la Oficina de Gestión de Pagos de la Dirección Distrital de Tesorería que atienden a los usuarios a través de la(s) ventanilla(s) ubicada(s) en el SUPERCADE se cumple en dos turnos el primero con horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. y el segundo turno es de igual manera de lunes a viernes pero con horario de 9:00 a.m. a 6:30 p.m., turnos que son rotativos y los cuales son asignados por el Jefe de Gestión de Pagos de acuerdo a las necesidades del servicio.
 

 

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