Documentos para SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO :: Unidades Permanentes de Justicia
Año   Documento   Restrictor  
2000   Convenio Interadministrativo 2 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El objeto del convenio es aunar acciones y recursos físicos, humanos y técnicos entre las diferentes entidades para garantizar el funcionamiento y operatividad de las Unidades Permanentes de Justicia que se ponen al servicio del Distrito Capital y lograr una pronta y cumplida justicia bajo criterios de cooperación, celeridad, inmediatez, eficiencia y eficacia para procurar, a través del respeto de las normas y la solución de conflictos, una convivencia pacifica en la ciudad.
 

 
2003   Decreto 503 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Unidades Permanentes de Justicia, funciones, dependencias, criterios de cobertura y localización general, parámetros arquitectónicos, art. 43 a 46.
 

 
2003   Resolución 312 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna a la Secretaría de Gobierno la representación legal del Distrito en relación con el contrato 02 FVS de 1994 y 02 FVS de 1996, suscritos entre el Distrito y el Fondo de Vigilancia y Seguridad, sobre unos bienes entregados con destino a Inspecciones de policía del Distrito y sobre unos bienes entregados con destino a Inspecciones de policía y Comisarías de familia del Distrito respectivamente, y la representación legal del Distrito en relación con el Convenio 02 de 2000, suscrito entre el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, La Fiscalía General de la Nación, la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional y el Distrito Capital.
 

 
2007   Decreto 563 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Subroga el Decreto Distrital 503 de 2003. que adoptó el Plan Maestro de Equipamientos de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia para Bogotá D.C. En desarrollo de la política pública de seguridad y convivencia, define una red de equipamientos para la prestación de los servicios de seguridad ciudadana, defensa y justicia, bajo la identificación entre otros de Prevención y resolución pacífica de conflictos, para lo cual se utilizarán 2 tipologías como son las Casas de Justicia y los Centros de Convivencia. Las Unidades Permanentes de Justicia servirán de centro para la aplicación de la medida de protección a las personas que deambulen en estado de indefensión o de grave excitación con peligro para su integridad o la de otras personas cuya residencia no pueda ser localizada. Indica las dependencias de cada UPJ y sus parámetros arquitectónicos.
 

 

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