Documentos para SALUD OCUPACIONAL :: Evaluación Médica
Año   Documento   Restrictor  
1991   Resolución 6398 de 1991 Ministerio del Trabajo  

Los empleadores afiliados o no a los sistemas de prevención y seguridad social, deberán ordenar la practica de exámenes médicos preocupacionales o de admisión a todos sus trabajadores, de acuerdo con las disposiciones vigentes (articulo 348 del Código sustantivo del Trabajo y resolución 1016 de 1989), con el objeto de determinar la aptitud física y mental del trabajador para el oficio que vaya a desempeñar y las condiciones ambientales en que vaya a ejecutarlo.
 

 
2007   Resolución 2346 de 2007 Ministerio de la Protección Social  

Señala las evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado en forma obligatoria, clasificándolas en preocupacional o de preingreso, periódicas (programadas o por cambios de ocupación) y posocupacional o de egreso. Determina el contenido de la evaluación médica, el personal responsable, valoraciones complementarias, contratación y costo de las mismas y evaluaciones médicas según factor de riesgo. Dispone la entidad que tendrá a cargo la guarda y custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, las cuales serán anexadas a su historia clínica general.
 

 
2009   Resolución 1918 de 2009 Ministerio de la Protección Social  

Modifica los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2007. Determina que para las evaluaciones médicas ocupacionales y las pruebas o valoraciones complementarias que se requieran, el empleador podrá contratar su realización a prestadores de servicios de Salud Ocupacional o directamente con médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional que formen parte de los servicios médicos de la empresa, siempre que cuenten con licencia vigente en Salud Ocupacional.
 

 
2014   Concepto 12011 de 2014 Ministerio del Trabajo  

Atiende el concepto a través de consideraciones generales sobre la procedibilidad de pruebas de VIH (SIDA) y otras enfermedades de transmisión sexual como requisito de la evaluación médica ocupacional, citando la Resolución 2346 de 2007 del Ministerio de Protección Social que regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales, estima que los exámenes médicos ocupacionales de ingreso o egreso tienen por finalidad velar por la salud del trabajador o la de terceros y determinar las condiciones de salud en que este se retira. Finalidades estas que buscan proteger al empleado. Para el caso de especifico de pruebas de laboratorio para determinar la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Adquirida, resalta lo señalado en el literal b.) del artículo 21 del decreto 1543 de 1997 que prohíbe la practica de pruebas para determinar este tipo de enfermedad para acceder a una actividad laboral o permanecer en la misma, contrastado con el artículo 348 del Código Sustantivo de Trabajo. Por último, concluye teniendo en cuenta lo expuesto en la sentencia SU-256 de 1996 de la Corte Constitucional, que la jurisprudencia prepondera por el principio de igualdad, manifestando que el grado de civilización de una sociedad se mide, particularmente por la manera como coadyuva con los débiles, los enfermos y en general los más necesitados.
 

 

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