Documentos para SALUD PÚBLICA :: Sistema de Vigilancia en Salud Pública - Sivigila
Año   Documento   Restrictor  
2006   Decreto 3518 de 2006 Nivel Nacional  

Crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública, Sivigila, para la provisión en forma sistemática y oportuna, de información sobre la dinámica de los eventos que afecten o puedan afectar la salud de la población. Señala las funciones de las Direcciones departamentales y Distritales de Salud, en relación son el Sistema enunciado y determina que para garantizar el desarrollo y operación sostenida y coordinada del Sistema, la Nación y las direcciones territoriales de salud en sus áreas de jurisdicción, deberán organizar la Red de Vigilancia en Salud Pública, integrando a las entidades que, de acuerdo con los modelos de vigilancia, tienen competencia u obligaciones en el sistema. Establece la forma de financiación de las funciones de vigilancia en salud pública.
 

 
2010   Circular 23 de 2010 Secretaría Distrital de Salud  

Establece observaciones generales con el objeto de garantizar almacenamiento y procesamiento de muestras de los eventos inmunoprevenibles, su conservación y análisis de laboratorio, en desarrollo de lo dispuesto por la circular 23 del 2009. Asimismo, precisa las competencias de las diferentes entidades de salud, y se aclaran las condiciones de transporte de muestra de tosferina, evitando cambios de temperatura que puedan afectar la recuperación de este microorganismo.
 

 
2011   Decreto 17 de 2011 Nivel Nacional  

Las autoridades sanitarias del nivel nacional y/o territorial todas aquéllas que, de acuerdo con la ley, ejerzan funciones de vigilancia y control sanitarios, con el fin de prevenir y controlar enfermedades y factores de riesgo producidos, como consecuencia del fenómeno de La Niña, deben adoptar las medidas sanitarias necesarias de carácter preventivo, de seguridad y control.
 

 
2011   Resolución 658 de 2011 Ministerio de la Protección Social  

Establece los requisitos mínimos que deben cumplir los albergues, escuelas u otros lugares similares para prestar servicios de salud a la población afectada por la emergencia, estos requisitos son: talento humano, infraestructura, dotación y mantenimiento; medicamentos, dispositivos médicos e historia clínica; remisión de pacientes, identificación del personal de salud.
 

 
2017   Circular 023 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social  

Imparte instrucciones frente a las medidas a adoptar para el manejo, prevención y tratamiento de la Infección Respiratoria Aguda (IRA), para tal efecto, precisa las competencias de las entidades territoriales, de las instituciones prestadoras de salud, y de las empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) y Entidades Responsables de regímenes Especiales y de Excepción. Asimismo, señala la obligación de suministrar la información de la población afiliada a la autoridad sanitaria competente, acorde con los protocolos, lineamientos y fines propios del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila).
 

 
2020   Resolución 1066 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social  

Establece requisitos sanitarios transitorios para la comercialización, distribución, dispensación, entrega no informada, almacenamiento y transporte de medicamentos, productos fitoterapéuticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, y reactivos de diagnóstico in vitro; así como para autorizar la fabricación de gases medicinales en Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS, y fijar disposiciones en relación con licencias de prácticas médicas y con el servicio farmacéutico en lugares de expansión de prestación de servicios de salud.
 

 
2021   Circular 029 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social  

Imparte lineamientos sobre la intensificación de las Acciones de Prevención, Vigilancia y Control de las Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS), en el marco de la estrategia de vigilancia en salud pública de dichas infecciones.
 

 

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