Documentos para QUINQUENIO :: Beneficiarios
Año   Documento   Restrictor  
1974   Decreto 796 de 1974 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Artículo 22 del Decreto 1369 de 1973 referente al pago de Quinquenio y Auxilios. Establece el valor de la Recompensa (Quinquenio) por Servicios Prestados para el empleado o trabajador distrital al servicio de las Secretarías y Departamentos Administrativos. Señala los requisitos para obtener el pago respectivo y para presentar la solicitud.
 

 
2000   Concepto 19848 de 2000 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Para los servidores del sector distrital, el quinquenio fue concebido como una prestación que será pagada a empleados y trabajadores al servicio del Distrito o de sus entidades descentralizadas.
 

 
2005   Concepto 52 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Frente a ésta clase de servidores públicos (empleados públicos), la Administración Distrital ha sido clara y reiterativa en el sentido que no es posible pagarles el "Quinquenio", en cuanto constituye una prestación social que no ha sido establecida respetando las reglas de competencia que sobre el particular se encuentran radicadas en el Legislador y el Gobierno Nacional, y no esta contemplado dentro del régimen prestacional actual legalmente adoptado para los empleados públicos de las administraciones territoriales. En cuanto a los trabajadores oficiales, la procedencia de las prestaciones extralegales obtenidas convencionalmente, es un tema agotado por la jurisprudencia constitucional y la doctrina del Consejo de Estado, quienes partiendo del Artículo 150-F de la carta política, han previsto que los trabajadores oficiales por disposición constitucional y de conformidad con la naturaleza de su relación laboral pueden pactar ventajas prestacionales adicionales a las que le establece la ley. Solo los "Trabajadores Oficiales" tienen derecho a recibir la prestación social denominada "Quinquenio", pero en la medida que éste le haya sido reconocido en Convención Colectiva que se encuentre vigente.
 

 
2011   Fallo 899 de 2011 Consejo de Estado  

El "quinquenio" se otorga al servidor público como una contraprestación por haber cumplido 5 años de servicio. En conclusión, la bonificación especial será liquidada en igual proporción al resto de los factores, esto es, tomando el último quinquenio causado, dividirlo por 6, para que de esta manera, arroje el resultado de uno de los factores a tener en cuenta al momento de liquidar la pensión.
 

 

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