Documentos para RECICLADORES :: Derechos
Año   Documento   Restrictor  
2003   Sentencia 724 de 2003 Corte Constitucional de Colombia  

La Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos del Distrito Capital de Bogotá, no observó el mandato constitucional que la constriñe a adoptar medidas a favor de grupos marginados o discriminados, porque no incluyó en el pliego de condiciones de la Licitación Pública de prestación de servicios de aseo y reciclaje, ninguna medida efectiva que permitiera la participación de la Asociación de Recicladores de Bogotá, como grupo marginado de la sociedad, tendiente al mantenimiento y fortalecimiento de la actividad que han venido desarrollando a través del tiempo, como medio de subsistencia, desconociendo el derecho a la igualdad.
 

 
2010   Auto 326 de 2010 Corte Constitucional de Colombia  

Verifica el cumplimiento de las ordenes impartidas mediante la Sentencia T-724 de 2003, el Auto 268 y 298 de 2010, respecto de las reglas a las que debía sujetarse la UAESP para materializar en la licitación 001 de 2010 acciones ambientales a favor de la ciudad y acciones afirmativas en beneficio de la población de recicladores de Bogotá, por ser sujetos de especial protección constitucional y pertenecer a un grupo marginado de la sociedad.
 

 
2011   Auto 183 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

¿[A] pesar de ciertas medidas que se observan en la copia del Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No. 001 de 2011, (¿) ¿ como criterios de calificación, adjudicación de acciones de industria y suministro de equipos ¿, persisten dudas fundadas sobre el cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-724 de 2003 [que amparo los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al trabajo de Silvio Ruiz Grisales y la Asociación de Recicladores de Bogotá, - ARB] y el Auto 268 de 2010. [que declaró el incumplimiento del fallo por parte de la UAESP]¿ ¿[L]os problemas derivados del corto lapso que existe para estudiar el material probatorio (¿) permanecen, haciéndose necesario profundizar en el análisis del mismo.¿ Ordena ¿a la UAESP que suspenda inmediatamente (¿) la licitación pública No. 001 de 2011¿.
 

 
2013   Resolución 61 de 2013 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Crea el Registro Único de Recicladores de Oficio ¿RURO-con el objeto de realizar ajustes periódicos a la información de la población recicladora de Oficio en Bogotá y adopta el Censo de Recicladores adelantado por la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, como instrumento de focalización de las acciones afirmativas para la población recicladora de oficio en la ciudad de Bogotá D.C, el cual será la base del Registro. Señala competencias a la Oficina de Tecnologías de la Información a fin de adelantar los trámites pertinentes para articular la Base de Datos del Censo con la encuesta SISBEN, a fin de establecer, la focalización de las acciones afirmativas a la población recicladora de oficio en condición de vulnerabilidad, así como ordena a la Oficina de Tecnologías de la Información, realizar los trámites pertinentes para la revisión, adecuación y adopción de la Herramienta Informática que soporta la Base de Datos del Censo y el RURO por parte de la Comisión Distrital de Sistemas. Por último encarga a -la Subdirección de Aprovechamiento de la UAESP, para que establezca el equipo de Atención al Reciclador quien estará a cargo de tramitar las solicitudes de personas naturales para su inclusión en el ¿RURO-, en coordinación con Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
 

 
2013   Resolución 62 de 2013 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Adopta la base de datos de recicladores de oficio, que hace uso de la carreta como herramienta para el desarrollo de su actividad económica y establece los beneficiarios del programa Distrital de Sustitución de Vehículos de Tracción Animal. Además establece mediante el cruce del Registro Único de Recicladores de Oficio ¿RURO- y la base de datos adoptada por la Secretaría de Movilidad, mediante Resolución No. 26 de 2013, la población recicladora que hace uso de la carreta como herramienta para el desarrollo de su actividad económica (reciclador-carretero), se podrá determinar la población recicladora de oficio beneficiaria del programa distrital de sustitución de vehículos de tracción animal ¿VTA- por vehículo automotor en cumplimiento del Decreto Distrital 040 de 2013. Por otro lado señala la alternativa y establece el procedimiento de sustitución por adquisición o mejora de vivienda en caso de encontrarse personas en condición de discapacidad permanente o adultos mayores, dentro de la población de recicladores carreteros para lo cual señala que la UAESP gestionará la entrega de los recursos a su cargo conforme lo establezca la Secretaría Distrital de Hábitat ¿SDH-,-o a la Caja de Vivienda Popular, en cumplimiento de los artículos 2°, numeral 3, 15 y 16 del Decreto Distrital 40 de 2013.
 

 
2013   Resolución 119 de 2013 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Reconoció a los recicladores de oficio, en las condiciones señaladas en esta Resolución y como acción afirmativa, la remuneración a su labor en las actividades de recolección, transporte y el incentivo, como parte del componente de aprovechamiento del servicio público domiciliario de aseo, de conformidad con los numerales 2° y 4° del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y en cumplimiento de las órdenes impartidas por la Honorable Corte Constitucional, especialmente las contenidas en la Sentencia T 724 de 2003 y el Auto 275 de 2011.
 

 
2014   Resolución 51 de 2014 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Establece la Figura de Acuerdos de Corresponsabilidad con las Organizaciones de Recicladores como acción afirmativa de fortalecimiento de carácter transitorio, para generar inclusión y condiciones de igualdad real para los recicladores en la prestación de las actividades de recolección, transporte y clasificación de residuos aprovechables, requisitos de las Organizaciones de Recicladores Habilitadas, asignación de rutas selectivas y las condiciones técnicas y operativas con base en las cuales se prestarán las actividades de recolección, transporte y separación de los residuos potencialmente aprovechables que deben hacer parte de los acuerdos de Corresponsabilidad.
 

 
2014   Resolución 100 de 2014 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Prorroga por 1 año partir del 20 de marzo de 2014, el término de vigencia de la Resolución 119 de 2013 de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, que adopta el procedimiento de remuneración a la población recicladora de oficio para la ciudad de Bogotá D.C.
 

 
2015   Decreto 568 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo 8 del Decreto Distrital 548 de 2015 Por el cual se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS- del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones, en relación con la inclusión de la población recicladora de oficio.
 

 
2016   Decreto 495 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS, disponiendo entre otros aspecto que, sin distinción del esquema prestación que implemente el Distrito Capital para la prestación del servicio público de aseo, la UAESP deberá garantizar la inclusión de la población recicladora de oficio en el mismo.
 

 
2020   Concepto 202060 de 2020 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Cuando se encuentre vigente pena de prisión, la inscripción en el Registro Único de Recicladores de Oficio  RURO dependerá de si la pena de prisión vigente debe ser cumplida de manera intramural o extramural. En el primer caso, cuando la pena sea intramural, como la persona tiene restringida su libertad de locomoción, se considera que carece de la libertad y disponibilidad requerida para ser reciclador de oficio. Por lo tanto, estimamos que no sería procedente su inclusión en el RURO, pero no por contar con un antecedente penal, sino porque materialmente el sujeto no realiza actividades de aprovechamiento. Cuando la pena sea extramural con el beneficio de libertad de locomoción suficiente para emplearse como reciclador de oficio, resulta procedente su inclusión en el Registro Único de Recicladores de Oficio. Por lo tanto, corresponde a la entidad solicitar al interesado que allegue la información necesaria para determinar si la pena de prisión a la que hace referencia el certificado de antecedentes allegado en cada caso concreto, debe ser cumplida de forma intramural o extramural.
 

 

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