Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1974 |
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Decreto 2811 de 1974 Nivel Nacional
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Establece como medios de desarrollo los incentivos y estímulos económicos, la acción educativa, el uso de medio de comunicación social y el servicio nacional ambiental, las tasas retributivas de servicios ambientales, el sistema de información ambiental, las inversiones financieras estatales en obras y trabajos públicos ambientales, la zonificación y lo referente a medidas de emergencia para contrarrestar el peligro de emergencias ambientales. Reglamenta las normas de preservación ambiental relativas a elementos ajenos a los recursos naturales y las desarrolla en los siguientes campos: productos químicos, sustancias toxicas y radioactivas, el ruido, los residuos, basuras, desechos y desperdicios, los efectos ambientales de los recursos naturales no renovables, y, la salud humana y animal. Reglamenta lo que concierne a la atmosfera y el espacio aéreo. |
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1977 |
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Decreto 1449 de 1977 Nivel Nacional
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Sobre conservación de los Recursos Naturales Renovables, Conservación, Protección y Aprovechamiento de las Aguas |
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2001 |
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Ley 685 de 2001 Congreso de la República de Colombia
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La propiedad estatal de los recursos naturales no renovables es inalienable e imprescriptible. El derecho a explorarlos y explotarlos sólo se adquiere mediante el otorgamiento de los títulos enumerados en el artículo 14 de este Código. Ninguna actividad de prospección, exploración o explotación o de posesión material de dichos recursos, sea cual fuere su antigüedad, duración o características, conferirá derecho o prelación alguna para adquirir el título minero o para oponerse a propuestas de terceros. Ahora bien, el deber de manejar adecuadamente los recursos naturales renovables y la integridad y disfrute del ambiente, es compatible y concurrente con la necesidad de fomentar y desarrollar racionalmente el aprovechamiento de los recursos mineros como componentes básicos de la economía nacional y el bienestar social. Es de importancia para todas las obras y trabajos de minería adelantados por contrato de concesión o por un título de propiedad privada del subsuelo, la inclusión en su estudio, diseño, preparación y ejecución, la gestión ambiental y sus costos, como elementos imprescindibles para ser aprobados y autorizados. |
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2020 |
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Ley 2045 de 2020 Congreso de la República de Colombia
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Establece criterios de priorización en materia de prestación de servicios públicos domiciliarios en los planes y programas de inversión social de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables. |
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Normas Aplicables
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