Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1997 |
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Decreto 1225 de 1997 Nivel Nacional
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Se reglamenta objetivos y funciones específicas de la Red, como establecimiento público, art. 1 y 2. Señalamiento de Órganos de Dirección y Administración, art. 3 a 12. Patrimonio, art. 13. Régimen jurídico de los actos y contratos, art. 14. Fusión del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social, art. 15 a 18. Control fiscal, Apropiaciones presupuestales, art. 19 y 20. |
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2000 |
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Decreto 2569 de 2000 Nivel Nacional
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Atribuciones de la red de solidaridad social art. 1, condición de desplazado art. 2 y 3, Registro único de población desplazada art. 4 a 15, efectos de la declaración e inscripción art. 16 a 18, Red Nacional de información para la atención a la población desplazada por la violencia art. 19, atención humanitaria de emergencia art.20 a 24, estabilización socioeconómica del art. 25 a 28, comités distritales, municipales departamentales para la atención integral a la población desplazada por la violencia art. 29 a 33. |
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2005 |
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Decreto 2467 de 2005 Nivel Nacional
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Fusiona el establecimiento público "Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, ACCI" al establecimiento público "Red de Solidaridad Social", que en adelante se denominará Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social. Señala su naturaleza jurídica, domicilio, patrimonio e ingresos, objetivos y funciones generales, órganos d dirección y administración, estructura y funciones de las dependencias, Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional, Fondo de Inversión para la Paz - FIP, planta de personal y dicta disposiciones sobre contratos vigentes, transferencia de vienes, derechos y obligaciones, derechos y obligaciones litigiosas, ajustes presupuestales y contables, obligaciones especiales de los empleados de manejo y confianza y los responsables de los archivos de las entidades fusionadas. |
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Reglamentación
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