Documentos para PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL :: Avisos, Carteleras Locales, Afiches y Mogadores
Año   Documento   Restrictor  
1968   Decreto 1040 de 1968 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Definición de aviso, art. 1. Avisos permanentes y transitorios, art. 2. Ubicación y tamaño, art. 3 a 7. Prohibiciones de ubicación, art. 8 a 12
 

 
1984   Decreto 4 de 1984 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se dictan disposiciones en relación con la fijación de carteles afiches y propaganda mural en las carteleras y en los lugares que determine la Secretaría de Gobierno mediante Resolución, art. 1. Sanciones, prohibiciones, contravenciones, art. 2 a 4. Se determinan los lugares para la fijación en las Alcaldías locales, art. 5. Distintivo, art. 6. Control, art. 7. Vigencia, art. 8.
 

 
1985   Decreto 454 de 1985 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala el concepto e integración del mobiliario urbano, permisos para colocar elementos en el mismo; reglamenta la colocación de avisos, vallas, carteleras municipales, señales de tránsito, murales artísticos, pancartas y pasavías; señala las características que cada uno de estos elementos debe cumplir, prohibiciones, lugares y vías en que pueden instalarse y procedimientos para la inscripción en la Secretaría de Obras Públicas. Indica la composición del comité asesor de estética y amoblamiento urbano, sus funciones, reuniones.
 

 
1986   Decreto 514 de 1986 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea el Comité Central de Protección al Medio Ambiente, señala su conformación y sesiones; determina que los Comités Zonales del Medio Ambiente desarrollaran funciones de asesoría a alcaldes locales, nombra un asesor permanente del Medio Ambiente, indica las funciones de cada uno y dicta normas sobre mobiliario urbano. Regula la fijación de avisos, lugares y reglas para colocarlos, vallas, lugares de fijación y características, prohibiciones, carteles y carteleras murales, sitios de instalación, señales de tránsito, murales artísticos, procedimiento de permisos, sanciones y pancartas y pasavías.
 

 
1994   Decreto 16 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Artículos 38 y ss Decreto 16 de 1994 Se dictan normas
 

 
1997   Decreto 1229 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Definición, art. 1. Ubicación, art. 2. Instalación, mantenimiento y control, art. 3. Condiciones sobre el contenido de los carteles, art. 4. Remoción y sanciones, art. 5.
 

 
1998   Acuerdo 1 de 1998 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se Reglamenta la Publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital, características particulares y condiciones para la fijación de la publicidad Exterior Visual, definición, ubicación, art. 6 a 9.
 

 
2000   Acuerdo 12 de 2000 Concejo de Bogotá, D.C.  

Modificación art. 6 del A1/98 sobre definición de aviso, art. 2. Modificación del artículo 7 del A1/98 sobre ubicación y características de los avisos, art. 3. Modificación del artículo 9 del A1/98 sobre responsables, art. 4.
 

 
2000   Decreto 959 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

(Capítulo IV del Título III) Refiere que las carteleras locales son las estructuras que se encuentran adosadas a los muros de cerramiento de los lotes y en las que se podrán fijar afiches o carteles. El distrito proveerá las carteleras locales. Se entiende por mogador la estructura ubicada por las autoridades distritales o autorizadas por éstas en el espacio público con el fin de que a ella se, adosen carteles o afiches. El departamento administrativo de planeación Distrital definirá las condiciones generales para su ubicación.
 

 
2002   Resolución 19341 de 2002 Ministerio de Transporte  

Se reglamenta la forma, ubicación, colocación, características y medidas de las vallas, letreros y avisos, indicando a la vez las zonas en las que están permitidos y en los que está prohibida su exhibición. Ámbito de aplicación. Definiciones, Art. 1 y 2. Características y medidas, Art. 3 a 7. Avisos, requisitos generales, Art. 8 y 9. Avisos transitorios, Art. 10 y 11. Vallas y avisos en vehículos automotores, reglamentación, Art. 12 a 15. Inspección y vigilancia, Art. 16. Régimen sancionatorio, Art. 17. Vigencia, Art. 18.
 

 
2003   Decreto 506 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se reglamentan los Acuerdos 1 de 1998 y 12 de 2000, respecto a los elementos de publicidad exterior visual, definiciones, art. 1. Prohibiciones de instalación, art. 2. Avisos, elementos, divisibilidad, separados de fachada, ubicación en el centro histórico de la ciudad, responsabilidad, art. 3 a 9.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 160 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Reglamenta lo referente a la industria de la publicidad visual exterior, determinando de manera clara y precisa, el ámbito de aplicación de las facultades que tienen las autoridades distritales en el marco de los principios constitucionales de la protección al patrimonio ecológico y cultural, el desarrollo sostenible, la protección del espacio público en contraste con aquellos propios del sector privado como son la libertad de empresa y la garantía a la iniciativa privada, pilares de una sociedad capitalista como es el país en el que vivimos.
 

 
2011   Concepto 35966 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre la aplicabilidad a las entidades distritales de las normas que regulan la publicidad exterior visual en el Distrito Capital¿ (¿) ¿al carácter o fin institucional que puede tener la publicidad exterior visual que debe solicitar registro ante la Secretaría Distrital de Ambiente, y en los considerandos se resalta que se reconoce el carácter de norma especial en materia de publicidad exterior visual en el territorio nacional¿(¿) ¿Campañas institucionales del Distrito: Es la promoción, por parte de la Administración Distrital, de actividades o eventos temporales de carácter cívico, institucional, cultural, artístico o deportivo, que se anuncian mediante pendones o pasacalles que se ubican en las vías públicas de la ciudad. No podrán contar con patrocinio alguno."(¿) ¿publicidad exterior visual según las definiciones de la Ley 140 de 1994, los Acuerdos 01 de 1998 y 12 de 2000, compilados en el Decreto Distrital 959 de 2000, el artículo 86 del Acuerdo 79 de 2003 y el Decreto Distrital 189 de 2011, incluye las campañas de divulgación de información con fines institucionales de la Administración Distrital¿(¿) ¿razón por la cual en el desarrollo de dichas labores aplican las Resoluciones 930 y 931 de 2008 de la Secretaría Distrital de Ambiente y el Decreto Distrital 189 de 2011. En caso que en dichas campañas el objeto sea divulgar información educativa, cultural o deportiva, no habría lugar a la aplicación de las citadas normas¿.
 

 
2011   Proyecto de Acuerdo 75 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Reglamenta lo referente a la industria de la publicidad visual exterior, determinando de manera clara y precisa, el ámbito de aplicación de las facultades que tienen las autoridades distritales en el marco de los principios constitucionales de la protección al patrimonio ecológico y cultural, el desarrollo sostenible, la protección del espacio público en contraste con aquellos propios del sector privado como son la libertad de empresa y la garantía a la iniciativa privada, pilares de una sociedad capitalista y con certeza jurídica.
 

 
2017   Resolución 1666 de 2017 Departamento Nacional de Planeación  

Establece las condiciones Urbanísticas Generales para la ubicación de Carteleras Locales y Mogadores.
 

 
2017   Resolución Local 016 de 2017 Alcaldía Local de Puente Aranda  

La Alcaldía Local de Puente Aranda, regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada de los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participarán en las elecciones del 11 de marzo de 2018. Establece el objeto y ámbito de aplicación, define el tipo de propaganda, los sitios autorizados para fijar la propaganda electoral, las dimensiones, señala los lugares prohibidos para fijarla, y, lo más importante, el desmonte de la misma so pena de sanción por parte de la autoridad electoral.
 

 
2022   Resolución 042 de 2022 Secretaría Distrital de Ambiente  

Regula la publicidad exterior visual, en materia política o propaganda electoral autorizada para las campañas políticas, con ocasión de las consultas populares, internas o interpartidistas de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos para la Presidencia de la República a realizarse el 13 de marzo de 2022, al Congreso de la República en las elecciones a celebrarse el 13 de marzo de 2022 y a la Presidencia y Vicepresidencia de la República en las elecciones a celebrarse el 29 de mayo de 2022.
 

 
2022   Resolución 3872 de 2022 Secretaría Distrital de Ambiente  

Establece las características, condiciones y requisitos para la implementación de los elementos de publicidad exterior visual tipo mogadores y carteleras locales del Distrito Capital y se precisa que la igencia del registro de Publicidad Exterior Visual en mogadores y carteleras locales será equivalente al término por el cual se habilite el aprovechamiento de dicho mobiliario urbano, por parte de las Entidades Administradoras del Espacio Público o las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico del Espacio Público, en el correspondiente acto administrativo o contrato.
 

 

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