Documentos para PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL :: Propaganda Electoral
Año   Documento   Restrictor  
1986   Decreto 56 de 1986 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica los arts. 24 y 29 del Decreto Distrital 1651 de 1985, en el sentido de indicar los puntos de instalación de las vallas publicitarias de campañas electorales y el organismo competente para autorizar su ubicación. Señala condiciones de las vallas y condiciones de retiro.
 

 
1997   Decreto 592 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el uso de publicidad exterior visual con fines electorales
 

 
1998   Acuerdo 1 de 1998 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se Reglamenta la Publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital, lo concerniente a la Publicidad Política se regirá por las normas legales vigentes y por lo establecido en el presente Acuerdo, art. 39.
 

 
2001   Resolución 965 de 2001 Consejo Nacional Electoral  

Se señala la realización de propaganda electoral en todo el territorio nacional, a través de los medios respectivos; número máximo de cuñas en las radiodifusoras con cubrimientos determinados, art.1 y 2. Tarifa y lapso de difusión, art.3. Señala el número máximo de publicaciones de propaganda electoral y vallas publicitarias en los medios de circulación determinado, art.4 y 5. Propaganda para quienes encabezan las listas, art.6. Obligación de cumplimiento de inversión específica, art. 7. Contratación de propaganda, art.8. Regulación de forma y condiciones por los Alcaldes y Registradores Municipales, art.9. Término de divulgación, art. 10. Sanciones por incumplimiento, art. 11. Medidas para la preservación de condiciones de igualdad, art.12. Vigencia, art.13.
 

 
2002   Resolución 134 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Condiciones y características de las vallas publicitarias, carteles y afiches que contengan propaganda electoral, art. 1 a 4.
 

 
2003   Resolución 197 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se señalan las condiciones y características de los elementos de publicidad exterior visual que contengan propaganda electoral, elementos de publicidad exterior visual de carácter político, art. 1. registro expedido por el DAMA diligenciamiento de formato único, art. 2 y 3. Procedimiento aplicable contra infractores, remoción de vallas, art. 4. Prohibiciones, art. 5. Vigencia, art. 6.
 

 
2005   Resolución 2902 de 2005 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Establece las condiciones y características de los elementos de publicidad exterior visual que contengan propaganda electoral. Señala los elementos de publicidad exterior visual de carácter político, que se podrán colocar en el Territorio del Distrito Capital, los que deben contar con registro expedido por el DAMA y determina que el anunciante deberá constituir póliza de cumplimiento por cada uno de los elementos de publicidad exterior visual tipo valla instalada. Corresponderá al DAM y a las alcaldesas locales, remover dentro de su competencia, la publicidad que no cumpla con el lleno de requisitos y no se podrá efectuar publicidad política a través de pasacalles o pendones o por el uso de los paraderos móviles.
 

 
2006   Concepto 6184 de 2006 Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos - U.E.S.P.  

¿ el desempapele y lavado de muros y postes realizado por Aseo Capital el pasado 28 de mayo de 2006, se realizó sobre publicidad electoral no autorizada, por cuanto los carteles o afiches por candidato o movimiento político podía realizarse en las carteleras locales o mogadores. En este sentido, la Alcaldía Mayor con apoyo de las Alcaldías Locales, adoptó mecanismos para prevenir y evitar esta actividad, asunto que, en consideración a que el Estado no puede contar con la autoridad de policía en cada esquina de la ciudad, se hizo imperativo el desempapele y lavado de muros y postes por parte de los concesionarios de aseo, en virtud del numeral 2.4 de la Resolución 114 de 2003, por la cual se adopta el Reglamento Técnico y Operativo para la concesión del servicio de aseo, que señala las actividades de limpieza que comprende:¿ Consecuencia de lo anterior, la limpieza, desempapele y lavado de muros y postes y mogadores, es una actividad a cargo del Concesionario de Aseo¿
 

 
2006   Resolución 60 de 2006 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Establece las condiciones y características de los elementos de publicidad exterior visual que contengan propaganda electoral para las elecciones presidenciales de 2006. Señala los elementos de publicidad exterior visual de carácter político, que se podrán colocar en el Territorio del Distrito Capital, los que deben contar con registro expedido por el DAMA y determina que el anunciante deberá constituir póliza de cumplimiento por cada uno de los elementos de publicidad exterior visual tipo valla instalada. Corresponderá al DAM y a las alcaldesas locales, remover dentro de su competencia, la publicidad que no cumpla con el lleno de requisitos y no se podrá efectuar publicidad política a través de pasacalles o pendones o por el uso de los paraderos móviles
 

 
2006   Resolución 189 de 2006 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Establece las condiciones y características de los elementos de publicidad exterior visual que contengan propaganda electoral. Señala los elementos de publicidad exterior visual de carácter político, que se podrán colocar en el Territorio del Distrito Capital, para las elecciones del 28 de mayo de 2006, los que deben contar con registro expedido por el DAMA y determina que el anunciante deberá constituir póliza de cumplimiento por cada uno de los elementos de publicidad exterior visual tipo valla instalada. Corresponderá al DAMA y a las alcaldesas locales, remover dentro de su competencia, la publicidad que no cumpla con el lleno de requisitos y determina que no se podrá efectuar publicidad política a través de pasacalles o pendones o por el uso de los paraderos móviles.
 

 
2007   Decreto 335 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas Administradoras Locales a celebrarse durante el año 2007. Indica los lugares en que no pueden colocarse tal publicidad, la obligatoriedad de presentar póliza de cumplimiento y las sanciones por incumplimiento.
 

 
2007   Decreto 409 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto Distrital 335 de 2007, que regula la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas Administradoras Locales a celebrarse durante el año 2007.
 

 
2007   Resolución 85 de 2007 Alcaldía Local de Usaquén  

Modifica el art. 1 de la Resolución de la Alcaldia Local de Usaquén 66 de 2007, en cuanto a los lugares para ser utilizados como mogadores para la colocación de carteles y afiches con publicidad política.
 

 
2009   Decreto 400 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual en el Distrito Capital, destinados a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica en las consultas populares para la selección de candidatos a la Presidencia de la República período constitucional 2010-2014. Señala que la Secretaría Distrital de Ambiente y las Alcaldías Locales removerán, dentro de su competencia, la publicidad que no cumpla con el lleno de requisitos contemplados en la normativa vigente y lo dispuesto en el presente Decreto, siendo trasladados los costos de remoción al candidato que anuncie.
 

 
2009   Decreto 571 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Congreso de la República- Senado y Cámara de Representantes- a celebrarse el 14 de marzo de 2010.
 

 
2009   Resolución 433 de 2009 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica en sus consultas populares para la selección de candidatos a Presidencia de la República para el periodo constitucional 2010 ¿ 2014.
 

 
2009   Resolución 485 de 2009 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y vallas publicitarias que pueden usar los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica en sus consultas populares para la selección de candidatos al Congreso de la República para el periodo constitucional 2010 ¿ 2014.
 

 
2009   Resolución 760 de 2009 Consejo Nacional Electoral  

Reglamenta la participación en los medios de comunicación social del Estado, de los partidos o movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que cuentan con precandidatos inscritos a las consultas populares para la selección de candidato a la Presidencia de la República, período constitucional 2010-2014, que se realizara el 27 de septiembre de 2009.
 

 
2009   Resolución 1329 de 2009 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número de vallas publicitarias a que tienen derecho los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales, en las elecciones para Congreso de la República ¿Senado y Cámara de Representantes ¿ a celebrarse el 14 de marzo de 2010, de acuerdo con los rangos de censo electoral.
 

 
2010   Decreto 34 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto 571 de 2009, por el cual se regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Congreso de la República -Senado y Cámara de Representantes- a celebrarse el 14 de marzo de 2010, respecto de fijar en 15, el número de vallas que se podrán instalar, en los procesos electorales referidos.
 

 
2010   Decreto 74 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidato a la Presidencia de República, período constitucional 2010-2014 en las elecciones a celebrarse el 30 de mayo de 2010. Los elementos regulados de publicidad se refieren a las vallas, carteles o afiches, avisos por fachada de sede política, vehículos portadores, pasacalles y pendones, así como la prohibición de instalación de publicidad en los paraderos de los buses de servicio público.
 

 
2010   Resolución 31 de 2010 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número de vallas publicitarias, cuñas radiales y de avisos en publicaciones escritas de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidato a la Presidencia de la República para el periodo constitucional 2010 a 2014.
 

 
2010   Resolución 212 de 2010 Consejo Nacional Electoral  

Ratifica el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica en sus consultas populares para la selección de candidatos a Presidencia de la República para el periodo constitucional 2010 ¿ 2014.
 

 
2011   Decreto 284 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regular la forma, las características, los lugares y las condiciones para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales a celebrarse el 30 de octubre de 2011. Fija igualmente las sanciones y las obligaciones en la materia respecto a los candidatos.
 

 
2011   Resolución 22 de 2011 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 30 de octubre del año 2011.
 

 
2011   Resolución Local 224 de 2011 Alcaldía Local de Puente Aranda  

Corresponde a los Alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de la estética. También podrán, con los mismos fines, limitar el número de vallas, afiches y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral. Art. 29 L130 de 1994.
 

 
2013   Decreto 564 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada de los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que van a participar en las elecciones a celebrarse el 09 de marzo de 2014.
 

 
2014   Decreto 200 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada de los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que van a participar en las elecciones para la Presidencia de la República a celebrarse el 25 de mayo de 2014. Los elementos de Publicidad Exterior Visual de que trata el presente Decreto, deberán ser desmontados dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la finalización de la contienda electoral, por cada uno de los Partidos, Movimientos Políticos con personería jurídica o los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que los hayan instalado.
 

 
2015   Decreto 299 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la publicidad política o propaganda electoral, en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada para los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participarán en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 25 de octubre de 2015, y que regirá únicamente en el territorio del Distrito Capital. Se establecen definiciones, elementos publicitarios utilizados, distribución, lugares prohibidos para colocación de publicidad política o propaganda electoral, condiciones para la utilización de vallas, prohibición de instalación de vallas electrónicas o pantallas, publicidad en vehículos, instalación de avisos en sedes de campaña, limite de fijación de afiches y carteles, competencia de la Secretaría Distrital de Ambiente para la imposición de sanciones y obligación de desmonte de los elementos de publicidad exterior.
 

 
2015   Resolución 236 de 2015 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo en el año 2015.
 

 
2017   Decreto 814 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Exterior Visual, en materia Política o Propaganda electoral autorizada para las campañas políticas, con ocasión de las elecciones del 11 de marzo de 2018.
 

 
2018   Decreto 238 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital, en materia Política o Propaganda electoral autorizada para las campañas políticas, con ocasión de las elecciones presidenciales del año 2018.
 

 
2018   Decreto 482 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Exterior Visual para la Consulta Popular Anticorrupción a celebrarse el 26 de agosto de 2018
 

 
2018   Resolución 414 de 2018 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias que pueden usar los partidos y movimientos políticos, así como los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a la Presidencia de la República en las elecciones a celebrarse el 27 de mayo de 2018. Los medios de comunicación y empresas de publicidad deberán informar al Consejo Nacional Electoral la propaganda contratada con ellos, los valores por fracción de tiempo o franja de emisión, frecuencia de emisión descuentos por volumen, entre otros.
 

 
2019   Decreto 131 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula los sitios públicos autorizados para fijar propaganda electoral e incluye disposiciones sobre cantidades autorizadas, lugares prohibidos para colocación de publicidad política o propaganda electoral, condiciones para la utilización de vallas, así como las sanciones a las que tenga lugar y el tiempo de retiro de la publicidad.
 

 
2019   Resolución 715 de 2019 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones de autoridades locales que se llevarán a cabo en el año 2019 y adopta medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas políticas.
 

 
2021   Resolución 5879 de 2021 Consejo Nacional Electoral  

Limita el acceso a los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético diferente a los gratuitos otorgados por el Estado y se fija el número de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso las organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de las mujeres, y grupos significativos de ciudadanos, así como los consejos comunitarios, los resguardos y las autoridades indígenas y las Kumpañy, en las elecciones para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz de la Cámara de Representantes que se llevarán a cabo en el año 2022 y se adoptan medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas políticas.
 

 
2022   Resolución 693 de 2022 Consejo Nacional Electoral  

Señala el número máximo de cuñas radiales, de avisos en publicaciones escritas, de vallas publicitarias y cuñas en televisión de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a la Presidencia de la República en las elecciones a celebrarse el 29 de mayo de 2022, se toman medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control a la propaganda electoral de las campañas electorales.
 

 

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