1986 |
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Decreto 1222 de 1986 Nivel Nacional
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Definición, clasificación, creación, Art. 252 a 262. Funciones, tutela gubernamental, control de actividades y la coordinación de éstas con la política y programas de la administración departamental, Art. 263 a 275. Dirección, administración y estructura de los establecimientos públicos y de las empresas industriales y comerciales, estarán a cargo de una junta o consejo directivo, de un gerente o director; inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los mismos, Art. 276 a 303. Régimen de personal, actos y contratos, 304 a 315. Bienes y control fiscal, Art. 316 a 320. |
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2015 |
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Decreto 2339 de 2015 Nivel Nacional
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Se adicionan y modifican unos artículos al Capítulo 2 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con reglas para el endeudamiento de las entidades descentralizadas del orden territorial. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 Nivel Nacional
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Se establece el sistema obligatorio de calificación de capacidad de pago para las entidades descentralizadas del orden territorial; dichas entidades no podrán gestionar endeudamiento externo ni efectuar operaciones de crédito público externo o interno con plazo superior a un año, si no han obtenido previamente la calificación sobre su capacidad de pago. En concordancia con lo anterior se compila todo lo relacionado con la determinación de la capacidad de pago, entidades autorizadas para calificar la capacidad de pago, obligaciones de las calificadoras de valores, selección de la calificadora de valores y prohibición de exceder la capacidad de pago. (Artículos 2.2.2.2.1. al 2.2.2.2.7) |
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