Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1993 |
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Concepto 195 de 1993 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Si el Avalúo catastral de un inmueble es variado en el proceso de revisión, el acto administrativo que así lo determine no tiene efectos retroactivos y en consecuencia no puede modificar la liquidación del Impuesto Predial de vigencias fiscales anteriores al acto con el que se culmina el proceso de revisión. Sus efectos son ultractivos, generan situaciones que obligan al contribuyente hacia el futuro, independiente de la favorabilidad o no del acto que fija el nuevo avalúo. Los actos administrativos, por regla general, tienen vigencia hacia el futuro y sólo por excepción consagrada en la ley pueden tener efectos retroactivos, razón demás que demuestra la irretroactividad de la fijación del avalúo catastral por el procedimiento de revisión |
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2008 |
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Resolución 519 de 2008 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Ordena la continuación e iniciación a partir del 16 de junio de 2008, de la Actualización de la Formación de Catastro de los barrios o sectores detallados en la presente Resolución, mediante la ejecución de los trabajos y operaciones que la misma implica, conforme con las normas y procedimientos señalados en la Ley 14 de 1983, el Decreto Reglamentario 3493 del mismo año, la Resolución 2555 de 1988 del IGAC y demás disposiciones complementarias y concordantes. |
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2010 |
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Decreto 4818 de 2010 Nivel Nacional
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Determina los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2011, tanto de los predios urbanos no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2010 y anteriores, así como de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2010 y anteriores, los cuales tendrán reajuste con vigencia 2011 en tres punto cero por ciento (3.0%). |
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2010 |
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Resolución 1450 de 2010 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Aprueba los estudios de las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el valor de las edificaciones, los avalúos de los predios con características especiales y se ordena la liquidación de los avalúos de los predios objeto del proceso de actualización para la vigencia 2011. |
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2011 |
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Resolución 1585 de 2011 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Aprueba los estudios de las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el valor de las edificaciones, los avalúos de los predios con características especiales y se ordena la liquidación de los avalúos de los predios objeto del proceso de actualización para la vigencia 2012. |
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2011 |
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Resolución 1590 de 2011 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Clausura las labores de la actualización catastral para la vigencia 2012, se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios, se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes y se establece el inicio del proceso de Conservación. |
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2012 |
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Decreto 605 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Determina los porcentajes de incremento de avalúos catastrales de conservación para el año 2013, en el Distrito Capital de Bogotá, los avalúos resultantes de la actualización catastral adelantada en 2012, regirán a partir del 1º de enero de 2013. El porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales de conservación de los predios rurales para la vigencia 2013, será el mismo que asuma la Nación para este tipo de inmuebles. |
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2012 |
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Decreto 2783 de 2012 Nivel Nacional
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Fija el porcentaje de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2013. Señala que los avalúos catastrales de los predios urbanos no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2012 y anteriores, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2013 en tres punto cero por ciento (3,0%). Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2012 y anteriores, dedicados a actividades no agropecuarias se reajustarán a partir del 1° de enero de 2013 en tres punto cero por ciento (3,0%). Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2012 y anteriores, dedicados a actividades agropecuarias no tendrán reajuste para la vigencia de 2013. Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2012 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2013, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado. |
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2014 |
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Resolución 117 de 2014 Metrovivienda
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Adopta para el año 2014 el valor catastral por metro cuadrado, como promedio para el cumplimiento de la obligación de traslado de Vivienda de Interés Social -VIS- o de Interés Prioritario -VIP-. Así mismo define el valor comercial promedio para efectos del cumplimiento de la obligación de provisión VIS/VIP, el avalúo de referencia adoptado por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. |
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2014 |
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Resolución 1829 de 2014 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Aprueba los estudios de las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el valor de las edificaciones, los avalúos de los predios con características especiales y ordena la liquidación de los avalúos de los predios objeto del proceso de actualización para la vigencia 2015. |
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2016 |
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Concepto 2016IE de 2016 Caja de Vivienda Popular
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Se emite concepto respecto a un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por subestimación de valor de un predio enajenado por un valor inferior al avalúo catastral. Al respecto concluye la entidad que la aparente subestimación que halló el ente de control corresponde al proceso de actualizción idóneo del valor del inmueble, como consecuenta de los fines y funciones legales que desarrolla la entidad en lo relacionado con la construcción de vivienda VIS y VIP, en todo caso dicha actualización se deberá formalizar ante la autoridad catastral correspondiente para que surta publicidad ante terceros. |
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2016 |
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Decreto 634 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Determina que: 1) Los avalúos resultantes de la actualización catastral adelantada en 2016, regirán a partir del 1 de enero de 2017. 2) El porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales urbanos de conservación para la vigencia 2017, será del 8.8%). 3) El porcentaje de reajuste a los avalúos catastrales rurales de conservación para la vigencia 2017, será de 2.3%. |
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2016 |
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Resolución 468 de 2016 Secretaría Distrital de Hacienda
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Ajusta los rangos del avalúo catastral de los predios residenciales urbanos y no residenciales. De conformidad con el artículo 1° del Acuerdo Distrital 648 del 16 de septiembre de 2016, los rangos del avalúo catastral de los predios residenciales urbanos de estratos 1, 2 y 3, cuyo avalúo catastral sea superior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y todos los predios residenciales urbanos de estrato 4, 5 y 6, para efectos tarifarios y de liquidación del impuesto predial unificado, año gravable 2017. |
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2017 |
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Aviso 001 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Avisa la fijación por parte de la Unidad Administrativa de Catastro Distrital - UECD - para la vigencia 2018, de los avalúos catastrales de los predios que integran 1.127 sectores, como conclusión del proceso de actualización del Catastro que se adelantó durante el año 2017. |
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2017 |
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Decreto 811 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Determina para el Distrito Capital de Bogotá, el porcentaje de incremento de los avalúos catastrales de conservación para el año 2018. |
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2017 |
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Resolución 769 de 2017 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A
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Clausura las labores de la actualización catastral vigencia 2018, se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los sectores catastrales objeto de actualización y sus respectivos predios, se determina la entrada en vigencia de los avalúos resultantes y se establece el inicio del proceso de Conservación. |
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2017 |
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Resolución 880 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Como parte de la actividad de elaborar avalúos comerciales a cargo de la UAECD, cuyos beneficiarios son las entidades distritales, las empresas privadas y las empresas de servicios públicos y los particulares, en los términos del Decreto 583 de 2011; con el fin de promover la implementación del catastro nacional con enfoque multipropósito que establece la Ley 1753 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo Todos por un Nuevo País y el Acuerdo 645 de 2016 plan de desarrollo del D.C. Bogotá Mejor para Todos, conforme a criterios previamente establecidos por el Consejo Directivo de la entidad, la Directora de la UAECD procede a fijar las tarifas de los bienes y servicios que comercializa la UAECD para los Avalúos Comerciales, urbanos y rurales; comerciales VIS, avalúos indemnización, avalúos renta, avalúos de referencia, así como su vigencia; de los productos Cartográficos; de los Registros Magnéticos Alfanuméricos; del apoyo técnico, asesorías y analítica sobre peritajes judiciales, certificación de cavidad y lineros, georreferenciación y enriquecimiento de datos, supermercado de predios y procesos de captura y análisis de información. |
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2017 |
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Resolución 1979 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Aprueba el estudio de Zonas Homogéneas Físicas y Geoeconómicas, llevado a cabo conforme al reglamento de información estadística vigente y demás normas de los sectores catastrales. Asimismo, aprueba: a) los modelos econométricos utilizados para la determinación de los valores según el uso de la construcción de los predios de los sectores; b) las tablas de valores utilizados para la determinación de los valores según el uso de la construcción de los sectores citados; c) los avalúos catastrales de los sectores con características especiales. Asimismo, ordena la liquidación de los avalúos para los sectores denominados Torca II, Ingemar I, Ingemar Oriental I, Aguas Claras I, Los Laureles Suroriental I, El Bosque Suroriental Rural III. |
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2019 |
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Ley 1995 de 2019 Congreso de la República de Colombia
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Podrán presentar solicitud de revisión catastral, los propietarios poseedores o las entidades con funciones relacionadas con la tierra, en cualquier momento, cuando se considere que el valor no se ajusta a las características y condiciones del predio, para ello deberán presentar pruebas que justifiquen su solicitud. La autoridad catastral deberá resolver dicha solicitud dentro de los tres (03) meses siguientes a la radicación. |
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2021 |
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Resolución 1334 de 2021 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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En el marco de la determinación del avalúo catastral del proceso de actualización de la formación catastral, se agota las etapas de aprobación del estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, aprobación de modelos econométricos y de tablas de valores utilizados para la determinación de los valores según el uso de la construcción de predios enunciados en el artículo 1 de la Resolución 1334 de 2021 de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, aprobación de los avalúos catastrales de los predios con características especiales, así como dar la orden de liquidar los nuevos avalúos catastrales de los predios ubicados en de los sectores que se mencionan en la Resolución en mención. |
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2021 |
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Resolución 1359 de 2021 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD
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Clausura el proceso de actualización catastral de los predios que se mencionan en el artículo 1 de la Resolución 1359 de 2021 de la UAECD, ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los sectores catastrales actualizados - incluyendo sus respectivos predios y determina la entrada en vigencia de la actualización catastral a partir del 1° de enero de 2022 de los predios que integran los sectores catastrales del artículo primero en mención. |
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