Documentos para PROCESOS ELECTORALES Y/O ELECCIONES :: Año 2013
Año   Documento   Restrictor  
2013   Directiva 2 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En virtud de lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 2 del Decreto Nacional 2893 de 2011, los Alcaldes Distritales prestarán a las Comisiones Distritales para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales el apoyo necesario para el normal desarrollo de los procesos electorales, en este mismo sentido, el artículo 4 del Decreto Distrital 52 de 2002, estableció que el Distrito Capital prestará a dicha Comisión, el soporte necesario para el adecuado ejercicio de sus funciones, para lo cual se requiere el concurso de los diferentes Sectores Administrativos, así como, de las entidades y/u organismos que conforman el Distrito Capital. Para el logro de los fines antes mencionados funcionará un Comité de Coordinación Electoral cuyo fin es coordinar y garantizar en forma oportuna y efectiva la gestión de la Administración Distrital en los procesos electorales en: a) los asuntos logísticos y administrativos como transporte, comunicaciones, puestos de votación, redes eléctricas, entre otros; b) la seguridad de los candidatos, las sedes políticas, la Registraduría, los puestos de votación y el orden público, entre otros, y c) la relación con todas las garantías a brindar a los partidos y movimientos políticos para el efecto.
 

 

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