1997 |
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Acuerdo 2 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.
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Adopción del Plan de Ordenamiento Físico del Borde Suroriental de Bogotá D.C. Las aerografías y planos parte integrante del Acuerdo. Competencia del Concejo de Normas del DAPD para realizar precisiones cartográficas en mayor escala, art. 1. Definiciones de Conservación Urbanística, Arquitectónica, Paisajística, Densidad, Indice de Ocupación, Líneas de acción, Unidad mínima de actuación y Planes parciales urbanos, art. 2. Ambito de aplicación, art. 3. Areas comprendidas en el Plan de Ordenamiento -hectáreas-, art. 4. Objetivo del Plan, art. 5. Objetivos específicos, art. 6. Líneas de acción: recuperación de áreas deterioradas, sistema de bonificación, conformación de parques metropolitanos, art. 7. Formulación del Plan, art. 8 a art. 25. Asesoría. Legalización de títulos, art. 26. Control. Informe de los Alcaldes Locales al Concejo Distrital. art. 27. Régimen transitorio. Posibilidad de acogerse a la nueva reglamentación, art. 28. |
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