Documentos para POT BOGOTÁ D.C. :: Espacio Publico
Año   Documento   Restrictor  
1998   Decreto 1504 de 1998 Nivel Nacional  

Reglamenta el manejo del espacio público en los Planes de Ordenamiento Territorial, señala los componentes del espacio público, elementos constitutivos y complementarios de este, determina los elementos que deben incluirse en los planes de ordenamiento y fija el régimen para el manejo del espacio público.
 

 
2011   Concepto 9032 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Emite concepto Jurídico sobre el alcance de las competencias del DADEP para invertir recursos en la recuperación de los espacios públicos, más concretamente en los programas de restituciones voluntarias.. (¿) Da respuesta a varias preguntas, entre estas ¿¿Puede la Defensoría invertir recursos humanos, técnicos y económicos en el espacio público vial y de parques cuya administración este asignada a otras entidades distritales? Sí, siempre y cuando dicha destinación de recursos se realice para el cumplimiento de las funciones y cometidos del Departamento, y no para el cumplimiento de las funciones de otras entidades distritales, por cuando en este caso, las mismas cuentan con recursos asignados en sus presupuestos para el efecto.¿ (¿) ¿¿Es viable el programa de restituciones voluntarias sobre bienes diferentes de las zonas de cesión, como parques, vías, plazoletas, alamedas, etc? De conformidad con el artículo 2º de la Resolución 119 de 2005 la restitución voluntaria de espacio público está referida a la decisión meramente voluntaria de la comunidad, destinada a la entrega o restitución de las áreas de espacio público invadidas o indebidamente ocupadas, como resultado de la acción persuasiva y pedagógica del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público en cumplimiento de su objeto misional, alternativa a los procesos administrativos de recuperación del espacio público, que se surte en las Alcaldías Locales.¿ (¿) ¿(¿) de manera genérica y con base en la información suministrada esta Dirección considera viable que el DADEP adelante el programa de restituciones voluntarias de espacio público, siempre que no corresponda a las atribuciones de otras entidades que como administradoras de dicho espacio tengan a su cargo la recuperación del mismo.¿
 

 
2011   Decreto 185 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural la función de administrar, mantener, conservar y restaurar los elementos que constituyen el Patrimonio Cultural material inmueble en el espacio público de Bogotá, Distrito Capital. Corresponde igualmente a esta entidad su manejo contable.
 

 
2011   Fallo 2486 de 2011 Consejo de Estado  

¿Es pertinente, entonces, enunciar las dimensiones constitucionalmente relevantes del espacio público, conforme a los artículos 82 y 88 CP, así: [i] Es deber del Estado, a través de sus autoridades, velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común. [ii] Es deber de las autoridades hacer efectiva la prevalencia del uso común del espacio público sobre el interés particular. [iii] Es deber de las entidades públicas ejercer la facultad reguladora en materia de ordenamiento territorial, en relación con la utilización del suelo y del espacio público para la defensa del interés común, entre otros. [iv] Es un derecho e interés colectivo¿.
 

 
2014   Concepto 7044 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación  

Emite concepto sobre solicitud para desafectar un bien de uso público, sobre lo cual concluye: (...) Es así que en el marco de las disposiciones constitucionales y legales citados, así como frente a los pronunciamientos jurisprudenciales se tiene que aunque se haya declarado la pertenencia del predio objeto de estudio, tal decisión no modifica que el bien se encuentra afecto al uso público, y tal como se ha expresado anteriormente, corresponde a un área comunal (&) De otra parte, es importante tener en cuenta que en el marco de las disposiciones citadas para variar el destino de los bienes de uso público se debe acudir ante el Concejo Distrital, conforme lo exige el artículo 6 de la Ley 9 de 1989 (&) En relación con otras situaciones atinentes con la modificación de planos urbanísticos que involucran áreas de uso público, el literal c), del numeral 8 del artículo 51 del Decreto Nacional 1469 de 20109 , prevé el cambio de uso de una zona de equipamiento comunal para convertirla en zona verde o viceversa, cumpliendo con las condiciones específicas del citado texto, y ante la curaduría urbana. En los términos expuestos se puede concluir que no existe un trámite de desafectación como bien de uso público a cargo de esta Secretaría, y que para variar el destino de las zonas de uso público se debe atender el ordenamiento vigente que determina los casos, condiciones y autoridades ante quien se debe gestionar la variación de la destinación de un bien de uso público o dar trámite a un cambio de uso..
 

 
2014   Concepto 19773 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación  

Emite concepto en relación con varios interrogantes de una solicitud de aclaración entre bienes de uso público- zonas de uso público, espacio público y bienes fiscales; efectos jurídicos de la afectación de un bien privado al uso público, en proceso de urbanización y/o construcción. Ante lo cual concluye: (...) establece la clasificación de los bienes de dominio público, es decir a cargo del Estado, en bienes de uso público y bienes fiscales o patrimoniales (&) las zonas definidas como de uso público en los proyectos urbanísticos, quedan afectas a ese uso, por el solo señalamiento que de ellas se hagan en el respectivo plano, así permanezcan dentro del dominio privado, y solo podrán ser reubicadas y/o redistribuidas antes de la terminación de las obras y de la constitución de la urbanización mediante escritura pública. (&)
 

 
2018   Decreto 540 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta los Distritos Especiales de Mejoramiento y Organización Sectorial "DEMOS", como un instrumento de iniciativa privada, que promueve acciones complementarias a las intervenciones y actuaciones que adelanta el Distrito Capital en áreas delimitadas de la ciudad y cuya finalidad es el mejoramiento, mantenimiento, administración y preservación de las condiciones urbanas, ambientales y socioeconómicas de los espacios públicos respectivos.
 

 
2021   Decreto 469 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece en el Plano n.°1 de 3 "Plano General de La Propuesta Urbana - Cuadro de Áreas General ", se identifican las áreas destinadas a espacio público, las cuales incluyen las cesiones para conformar los parques lineales, zonas verdes, alamedas y cesiones de espacio público adicionales.
 

 
2023   Resolución 571 de 2023 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD  

Actualiza el anexo 3. Inventario de Espacio Público Peatonal y para el Encuentro del Decreto Distrital 555 del 2021.
 

 
2023   Resolución 873 de 2023 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD  

Actualiza el anexo 3. Inventario de Espacio Público Peatonal y para el Encuentro Del Decreto Distrital 555 del 2021.
 

 

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