Documentos para POT BOGOTÁ D.C. :: Unidades de Planificación Rural -UPR-
Año   Documento   Restrictor  
2003   Decreto 503 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Unidades de Planificación Rural UPR, plan de implantación, regularización y manejo, Reordenamiento, renovación urbana, programa de patrimonio construido, actuación urbanística, art. 82 y 83.
 

 
2007   Decreto 563 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Subroga el Decreto Distrital 503 de 2003. que adoptó el Plan Maestro de Equipamientos de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia para Bogotá D.C. Dicta disposiciones sobre los instrumentos de gestión urbanística y los Instrumentos de Planeamiento de Suelo Rural.
 

 
2007   Decreto 3600 de 2007 Nivel Nacional  

Reglamenta las disposiciones de las Leyes 99 de 1993 y 388 de 1997 relativas a las determinantes de ordenamiento del suelo rural y al desarrollo de actuaciones urbanísticas de parcelación y edificación en este tipo de suelo. Señala los aspectos mínimos que la unidad de planificación rural deberá contener, cuando no hayan sido contemplados directamente en el plan de ordenamiento territorial, y el trámite para la adopción de la misma. Arts. 7 y 8.
 

 
2013   Resolución 124 de 2013 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR  

Declara concertados los asuntos ambientales concernientes al proyecto de modificación excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital de Bogotá. El Distrito Capital de Bogotá, deberá garantizar que con anterioridad al desarrollo urbanístico y la construcción de edificaciones en los suelos de expansión, centros poblados rurales, se formulen y adopten los respectivos planes parciales y Unidades de Planificación Rural (UPR), previa concertación con la Corporación conforme a la normatividad vigente, para lo cual deberán contar con disponibilidad y prestación efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado, así como hacer exigible el tratamiento y manejo de los residuos líquidos y sólidos en términos de cobertura, calidad y permanencia.
 

 
2015   Decreto 435 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Unidad de Planeamiento Rural (UPR) Zona Norte que reglamenta la Pieza Rural Norte de Bogotá. La estrategia de ordenamiento adoptada tiene como objetivo la integración de las tres estructuras determinadas en el Decreto Distrital 190 de 2004, con el objetivo de promover y potenciar la productividad de las áreas rurales, específicamente el territorio rural de la zona norte, a través de la diversificación e integración económica con la ciudad, la región y la nación; se define su ámbito de aplicación, objetivos, estrategias, la estructura ecológica principal, gestión del riesgo y cambio climático; estructura funcional y de servicios; estructura socioeconómica y espacial; las normas específicas aplicables al uso del suelo rural, cargas, mejoramiento integral del hábitat rural, instrumentos de gestión y financiación, así como los programas para la zona norte.
 

 
2015   Decreto 552 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Unidad de Planeamiento Rural (UPR) Río Sumapaz con el objeto de reglamentar la Pieza Rural de la Cuenca del Río Sumapaz en la Ciudad de Bogotá, Distrito Capital, se reglamentan los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de La Unión y San Juan y se incorpora el polígono Nueva Granada como nuevo Centro Poblado. Define su ámbito de aplicación, objetivos, estructura básica (ecológica principal, funcional y de servicios, socioeconómica y espacial), normas aplicables al sector rural; cargas generales y locales; mejoramiento de integral del hábitat rural; instrumentos de gestión y financiación, delimitación de páramos, autorización de constitución de zonas de reserva campesina, participación en la plusvalía, programas para la cuenca del río Sumapaz; obligaciones de entidades distritales, y creación del Comité de Control y Vigilancia de la Pieza Rural de la Cuenca del Río Sumapaz.
 

 
2015   Decreto 553 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Unidad de Planeamiento Rural (UPR) Río Blanco con el fin de reglamentar la Pieza Rural de la Cuenca del Río Blanco en la Ciudad de Bogotá, y se definen los los Planes de Mejoramiento Integral para los Centros Poblados de Betania y Nazareth Señala su ámbito de aplicación, objetivos, estructura básica (ecológica principal; funcional y de servicios; socioeconómica y espacial), normas aplicables al suelo rural; cargas generales y locales; instrumentos de gestión y financiación; delimitación del ecosistema de Páramos; autorización constitución de Zonas de Reserva Campesina en la pieza rural de la cuenca del Río Blanco; programas para la cuenca del Río Blanco, obligaciones de la entidades distritales y la creación del Comité de control y vigilancia de la Pieza Rural de la Cuenca del Río Blanco.
 

 

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