Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2012 |
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Acto Legislativo 02 de 2012 Congreso de la República de Colombia
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Reforma el artículo 116 de la constitución política de Colombia, adicionándole la creación de un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia en todo el territorio nacional y en cualquier jurisdicción penal, establece sus funciones, quiénes la integrarán y el compromiso de expedir una ley estatutaria que reglamente todo su ejercicio. Reforma el artículo 221 de la constitución política de Colombia; de los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública conocerán las cortes marciales o tribunales militares, de acuerdo a los lineamientos del Código Penal Militar, los cuales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro, exceptuando los crímenes de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado, además cuando sean objeto de investigación por su conducta en relación con un conflicto armado se aplicará el Derecho Internacional Humanitario, determina el procedimiento para dirimir un conflicto de competencia y crea un fondo destinado a financiar el sistema de defensa técnica y especializada de los miembros de la fuerza pública bajo la orientación del Ministerio de Defensa Nacional. |
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2013 |
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Decreto 1024 de 2013 Nivel Nacional
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Adopta a partir del 1 de enero de 2013, disposiciones en materia salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. El régimen salarial y prestacional establecido en el presente Decreto será de obligatorio cumplimiento para quienes optaron por lo dispuesto en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995 y para aquellos que se vinculen al servicio de los organismos a que se refiere el presente Decreto, y no se tendrá en cuenta para la determinación de la remuneración de otros funcionarios de cualquiera de las ramas del poder público, organismos o instituciones del sector público. |
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2013 |
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Decreto 1034 de 2013 Nivel Nacional
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Establece la asignación básica de los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar que no optaron por el régimen especial establecido en los Decretos número 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995, dictados en desarrollo del parágrafo del artículo 14 de la Ley 4a de 1992 y que en el año 2012 se venían regulando por lo dispuesto en el Decreto número 848 de 2012. La norma surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2013. |
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2014 |
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Decreto 194 de 2014 Nivel Nacional
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Adopta a partir del 1 de enero de 2014, disposiciones en materia salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. El régimen salarial y prestacional establecido en el presente Decreto será de obligatorio cumplimiento para quienes optaron por lo dispuesto en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995 y para aquellos que se vinculen al servicio de los organismos a que se refiere el presente Decreto, y no se tendrá en cuenta para la determinación de la remuneración de otros funcionarios de cualquiera de las ramas del poder público, organismos o instituciones del sector público. |
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2014 |
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Decreto 204 de 2014 Nivel Nacional
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Establece disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. Las normas contenidas en el presente Decreto se aplicarán a los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar que no optaron por el régimen especial establecido en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995, dictados en desarrollo del parágrafo del artículo 14 de la Ley 4 de 1992 y que en el año 2013 se venían regulando por lo dispuesto en el Decreto 1034 de 2013. La norma surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2014. |
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2015 |
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Decreto 1105 de 2015 Nivel Nacional
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Dicta unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional
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Adopta el Plan de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar en 4 fases que se desarrollarán de manera gradual y sucesiva a lo largo del territorio nacional, garantizando la continuidad de los procesos vigentes, respetando el marco fiscal de mediano plazo vigente y el marco de gasto de mediano plazo vigente del sector defensa, de acuerdo con los recursos que se apropien de conformidad con lo señalado en la ley. (Artículo 2.2.2.1 al 2.2.2.8). |
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2015 |
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Ley 1765 de 2015 Congreso de la República de Colombia
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Reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada. |
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2016 |
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Decreto 234 de 2016 Nivel Nacional
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Dicta unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. Los funcionarios y empleados a que se refiere este Decreto no podrán devengar por concepto de asignación básica, más las primas, suma superior a la remuneración mensual que le corresponda a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia por concepto de asignación básica y gastos de representación, dentro del régimen optativo previsto en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995, dictados en desarrollo del parágrafo del artículo 14 de la Ley 4ª de 1992. |
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2016 |
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Decreto 878 de 2016 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 2.2.2.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa con el fin de establecer las cuatro (4) fases territoriales de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar y Policial que iniciará a partir del año 2017. La Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar o la Entidad en que ella se transforma, tendrá a su cargo la planeación y ejecución de lo dispuesto |
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2017 |
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Decreto 027 de 2017 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 2.2.2.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa con el fin de establecer las cuatro (4) fases territoriales de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar y Policial que iniciará a partir del año 2018. La Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar o la Entidad en que ella se transforma, tendrá a su cargo la planeación y ejecución de lo dispuesto. |
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2017 |
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Decreto 1575 de 2017 Nivel Nacional
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Las cuatro (4) fases territoriales de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar y Policial, iniciarán en el año 2020, estas fases están desarrolladas en el artículo 1 del presente decreto, adicional a esto la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar o la Entidad en que ella se transforma, tendrá a su cargo la planeación y ejecución de lo dispuesto en este artículo. |
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