2011 |
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Resolución 6289 de 2011 Contraloría General de la República
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Estableció el método y la forma de rendir cuenta e informes que deben presentar a la Contraloría General de la República, los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación a través del sistema de Rendición Electrónica de la Cuenta e Informes - ¿SIRECI¿. Los informes deberán ser rendidos por todas las entidades del orden nacional, territorial y particulares que administren o manejen fondos, bienes o recursos públicos de la nación en sus diferentes etapas de planeación, recaudo o percepción, conservación, adquisición, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición, sin importar su monto o participación a que estén sometidos o sean de la vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, por disposición constitucional y legal.
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2012 |
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Directiva 3 de 2012 Nivel Nacional
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Se dispone que se dará cumplimiento a los planes de mejoramiento resultado del proceso auditor de la Contraloría General de la República, para lo cual se presentará el reporte de avance al cumplimiento de los mismos, por parte de los directivos o de los comités coordinadores de control interno. Adicionalmente se establece que a partir del presente año las entidades destinatarias de la Directiva, deberán presentar el plan de mejoramiento, resultado del proceso auditor, a través del Sistema de Rendición Electrónico de Cuenta e Informe (SIRECI) y los dos informes de avance semestralmente, por las instancias competentes, en las fechas señaladas por la Contraloría General de la República y a través del citado Sistema. |
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