Documentos para SISTEMAS DISTRITALES :: Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano para Bogotá D.C. SIGAU
Año   Documento   Restrictor  
2010   Decreto 531 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el aprovechamiento de arbolado aislado, relacionado con la silvicultura urbana, las zonas verdes y la jardinería en el perímetro urbano de Bogotá D.C. definiendo las competencias y responsabilidades de las Entidades Distritales, así como de la comunidad en general, en relación con la materia. Asimismo, adopta la articulación SIA-SIGAU como el sistema oficial de información del arbolado urbano de Bogotá D.C., cuya administración y desarrollo del dicho sistema será responsabilidad del Jardín Botánico José Celestino Mutis, el cual trabajará en asociación con el SIA. De otra parte, el Jardín Botánico José Celestino Mutis debe garantizar que cada árbol plantado este incorporado en el SIGAU.
 

 
2011   Concepto 48127 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre si los contratos que celebra el Jardín Botánico José Celestino Mutis, cuyo objeto es el manejo integral del arbolado urbano de la ciudad de Bogotá, en donde se incluya la poda, tala, trasplantes u otra actividad similar, se deben denominar de obra o de prestación de servicios. (¿) ¿de lo previsto en el Código Civil los árboles son bienes inmuebles por adherencia, de acuerdo con la definición del contrato de obra prevista en el Estatuto de Contratación de la Administración Pública, se puede inferir que la tala de árboles es un trabajo material sobre un bien inmueble, y por tanto en concepto de esta Dirección es viable su contratación a través del Contrato de Obra¿. (¿) ¿se puede colegir que si el objeto del contrato es únicamente la tala de árboles procede la celebración de un contrato de obra pública.¿ (¿) ¿para el caso del Manejo Integral del Arbolado Urbano corresponde al área técnica de esa entidad determinar la modalidad de contratación procedente, teniendo en cuenta las actividades que se desarrollen en el contrato, por cuanto si las mismas implican trasplante, planteo, fertilización, riego, disposición final de tales residuos, entre otras, no se trata de un contrato de obra, por tanto se deben determinar claramente las obligaciones que de ellos se derivan con el fin de establecer la modalidad de selección¿.
 

 
2011   Resolución 6563 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Reglamenta la racionalización y el mejoramiento de trámites de arbolado urbano con lineamientos de evaluación, control y seguimiento por ejecución de obras de infraestructura o construcción, revisión y asesoría de diseños paisajísticos y plan de podas que serán aprobados por medio de un concepto técnico.
 

 
2011   Resolución 7132 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Establece la compensación por aprovechamiento de arbolado urbano y jardinería como estrategia para la conservación del patrimonio del recurso flora de la ciudad, fijando factores de calculo y corrección del individuo vegetal plantado, la compensación de árboles patrimoniales y de interés publico y cultural, la compensación de aprovechamientos forestales y de cercas vivas o sistemas agroforestales, además fomenta la plantación de arbolado de mayor tamaño.
 

 
2018   Decreto 383 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto 531 de 2010, el cual Reglamenta el aprovechamiento de arbolado aislado, relacionado con la silvicultura urbana, las zonas verdes y la jardinería en el perímetro urbano de Bogotá D.C. definiendo las competencias y responsabilidades de las Entidades Distritales, así como de la comunidad en general, en relación con la materia.
 

 
2019   Acuerdo 757 de 2019 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que todos los individuos arbóreos plantados bajo la Estrategia Bogotá + Verde 2030, tanto en espacio público como privado, deberán ser incorporados y actualizados en el SIGAU.
 

 
2021   Acuerdo 823 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que la Administración Distrital identificará los arboles históricos, patrimoniales y de interés público, así como los arboles aledaños a rutas y lugares donde haya presencia continua de estudiantes, turistas, entre otros, para dotarlos con un código QR que proporcione información histórica, social, cultural, especies de fauna asociadas y fitosanitaria de los mismos, la información que tendrán los códigos QR se obtendrá del Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano de Bogotá, D.C. - SIGAU e información del Jardín Botánico de Bogotá  JBB, y estará sujeto al estricto cumplimiento de lo previsto en la normatividad vigente, con relación a la responsabilidad de actualización del SIGAU, por parte de las entidades que intervienen el arbolado urbano, el control y seguimiento de la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA de los actos administrativos emitidos.
 

 

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