Documentos para ENAJENACIÓN DE BIENES DE BOGOTÁ :: Antecedentes
Año   Documento   Restrictor  
1866   Acuerdo 10 de 1866 Concejo de Bogotá, D.C.  

Determina que todas las fincas que pertenecen al Distrito serán enajenadas en pública subasta, fija el procedimiento para ello, señala la multa a pagar por los deudores hipotecarios que dejen de realizar los pagos a que se comprometieron, determina los gastos que asume el comprador dentro del negocio, escrituras públicas, forma de realizar el remate y destinación de lo recaudado.
 

 
1868   Acuerdo 2 de 1868 Concejo de Bogotá, D.C.  

Determina que la Junta de remates señalará las fincas del Distrito que se deberán vender en subasta pública, hasta que se complete el valor de $20.000. Señala la entrega del bien, escrituras públicas y pago.
 

 
1868   Acuerdo 5 de 1868 Concejo de Bogotá, D.C.  

Fija la obligación de los particulares de presentar los títulos por medio de los cuales hayan adquirido bienes que pertenecían antes al Distrito de Bogotá, la obligación del síndico de formar un registro con esos títulos, iniciación de acciones reivindicatorias por incumplimiento de requisitos de dominio, términos para presentar documentación, denuncia de bienes del distrito por particulares y contraprestación por ello.
 

 
1869   Acuerdo 3 de 1869 Concejo de Bogotá, D.C.  

Determina las reglas para definir las fincas de propiedad del distrito de Bogotá que se venderán en pública subasta, forma de realizar la diligencia, costos, gastos a cargo del comprador, realización de escrituras, Junta de remates, funciones, multas, adjudicación y entrega material del bien.
 

 
1980   Acuerdo 1 de 1980 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza al alcalde mayor para enajenar inmuebles del distrito que no tengan destinación especial o que teniéndola no puedan cumplirla, destina presupuesto para ello.
 

 

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