Documentos para RESIDUOS SÓLIDOS :: Reciclaje
Año   Documento   Restrictor  
2003   Acuerdo 114 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.  

Impulsa en las entidades distritales el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos, ordena a las entidades formar a sus servidores públicos en el manejo adecuado de estos residuos para su aprovechamiento, señala el procedimiento para ello, indica la importancia del material reciclable y la posibilidad de entregar el material aprovechable a organizaciones o grupos de recicladores.
 

 
2004   Decreto 400 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Impulsa el aprovechamiento eficiente de los residuos sólidos producidos en las entidades distritales. Señala el objeto y ámbito de aplicación, principios, coordinación y asesoramiento, promotores institucionales, contenido mínimo del plan de acción interno y disposición de aplicación inmediata.
 

 
2005   Directiva 7 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala lineamientos para garantizar la conservación del medio ambiente sano en la Secretaría General y adoptar los planteamientos señalados en el Decreto Distrital 061 de 2003, mediante la cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental en el Distrito Capital. Indica que cada dependencia, deberá reutilizar los sobres de manila en los casos en que se efectúe el envío de documentos por este medio, marcando mediante rótulos a su destinatario o en la parte superior para que puedan ser reutilizados hasta agotar sus caras con los destinatarios o remitentes o hasta el deterioro del mismo. Establece que la Dirección de Gestión Corporativa, destinará una caja o recipiente por dependencia con el fin de recoger el papel que ya está utilizado por ambas caras para su posterior reciclaje y en cuanto al manejo de toners, cartuchos, pilas y baterías, una vez sean utilizados deberán ser entregados al Almacén y hasta tanto se cumpla esto, se podrá realizar su reposición
 

 
2005   Resolución 533 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección de Gestión Corporativa  

Establece el procedimiento para el aprovechamiento del papel no reutilizable con potencial recuperable, producido en los diferentes procesos institucionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
 

 
2007   Acuerdo 287 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.  

Orienta las acciones afirmativas que garantizan la participación de los recicladores de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, en los procesos vinculados a la gestión y manejo integral de los residuos sólidos de Bogotá D.C.
 

 
2008   Acuerdo 344 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que la Administración Distrital diseñará y ejecutará un programa ceñido al Plan Maestro para el Manejo Integral de Residuos Sólidos para Bogotá D. C., de aprovechamiento y reutilización de los residuos sólidos orgánicos de origen urbano, para prevenir, mitigar y disminuir gradualmente el volumen de disposición de los residuos sólidos en el Relleno Sanitario de Doña Juana. Fija plazo hasta diciembre 31 de 2009 para el diseño del programa.
 

 
2009   Resolución Conjunta 482 de 2009 Ministerio de la Protección Social  

Regula el manejo, aprovechamiento y reciclaje de residuos de bolsas o recipientes que han contenido soluciones para uso intravenoso, intraperitoneal y en hemodiálisis, generados en las actividades de atención de salud, que por no haber entrado en contacto con fluidos corporales de pacientes, se consideran residuos no infecciosos y pueden ser aprovechados o reciclados.
 

 
2011   Acuerdo 473 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se establece el programa puntos ecológicos, con el fin de promover la separación en la fuente de los residuos sólidos para su reciclaje, aprovechamiento y disposición final. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, promoverá la vinculación de los centros comerciales, almacenes de cadena, grandes superficies, establecimientos institucionales, educativos, culturales, recreativos y deportivos ubicados en el Distrito Capital, para que instalen puntos ecológicos, con el fin de propiciar la separación en la fuente. Entiéndase por puntos ecológicos aquellos espacios destinados para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos y del material con potencial de aprovechamiento, donde el usuario deberá realizar la separación de los mismos desde la fuente. La Administración Distrital reglamentará lo concerniente a las características de los recipientes usados y otros elementos en los puntos ecológicos, de acuerdo a las normas técnicas vigentes que regulan la materia.
 

 
2011   Resolución 829 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta en el Distrito Capital el programa de racionalización, reutilización y reciclaje de bolsas de polietileno, polipropileno u otra clase de materiales, entregadas en los puntos de venta y comercialización de bienes y servicios para el empaque de los productos entregados al cliente, con el propósito de minimizar el impacto ambiental que genera el uso y disposición final de estas bolsas. De igual forma, establece el ámbito de aplicación, definiciones, fases, metas del programa, evaluación y seguimiento y sanciones.
 

 
2011   Resolución 4849 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Modifica el artículo 6 de la resolución 829 de 2011, en el sentido de ampliar por dos (2) meses más el plazo establecido para que las bolsas que sean suministradas por los productores y que utilicen los comercializadores tengan impreso en forma destacada tanto los kilos que resiste la bolsa, como los mensajes alusivos al programa de que trata el artículo primero de la Resolución en mención, y para que los establecimientos pertenecientes al sector de grandes superficies comerciales presenten de manera pública su programa de racionalización, reutilización y reciclaje que deben formular en cumplimiento de la resolución 829 de 2011.
 

 
2012   Decreto 82 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

ampliar el plazo para la presentación del plan de acción por parte de los propietarios, arrendatarios, tenedores y sus asociaciones de las instalaciones privadas de reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos no peligrosos (u otros), en coordinación con la UAESP, ante la Secretaría Distrital de Planeación
 

 
2013   Resolución 701 de 2013 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP  

Todo usuario y/o generador de residuos sólidos en el territorio del Distrito Capital, está obligado a presentar, en espacio público, para la recolección y transporte por parte de la población recicladora de oficio, los residuos sólidos que correspondan a materiales potencialmente reciclables y aprovechables en una bolsa blanca, con el contenido previsto en el artículo primero (1°) de la Resolución UAESP No. 799 de 2012, o la que modifique o sustituya, con una antelación no mayor a tres (3) horas ni inferior a una (1) hora, respecto del rango de horario y frecuencia establecida por el operador y/o prestador del servicio público de aseo en su componente de recolección de residuos sólidos ordinarios. La población recicladora de oficio será la responsable de la recolección y transporte de los residuos conservando en todo momento el área limpia, evitando la rotura de bolsas y la dispersión de residuos sólidos; y, en general, absteniéndose de incurrir en cualquiera de las conductas establecidas en el numeral 6° del artículo 4° del Acuerdo Distrital 417 de 2009.
 

 
2014   Directiva 5 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte directrices a las Entidades Distritales, para la implementación de Planes de Acción de orden técnico-operativo, de coordinación interninstitucional y de relacionamiento con la comunidad con el fin de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del Distrito Capital. Es por ello que se requiere la acción conjunta de las diferentes Entidades Distritales y el compromiso de la ciudadanía, para que de manera coordinada se implementen planes de acción de corto y mediano plazo, cumpliendo así con el propósito de la presente Directiva ¿Limpiemos A Bogotá¿.
 

 
2015   Decreto 469 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica los Decretos Distritales 456 de 2010 y 113 de 2013, en relación con la adopción de normas urbanísticas y arquitectónicas para las bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no peligrosos, en el sentido de fijar hasta el 31 de marzo de 2016 el plazo para que los propietarios, arrendatarios o tenedores de las bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no afectas al servicio público de aseo culminen el plan de acción de que trata el artículo 9 del Decreto 113 de 2013, modificado por el Decreto 412 de 2013.
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Señala los comportamientos contrarios a la la limpieza y recolección de residuos y escombros y malas prácticas habitacionales, así como las medidas correctivas a aplicar. Determina que el Gobierno nacional y los alcaldes, en coordinación con las autoridades competentes, desarrollarán y promoverán programas que estimulen el reciclaje y manejo de residuos sólidos con las características especiales de cada municipio y según las costumbres locales de recolección de basuras o desechos. Las personas empacarán y depositarán, en forma separada, los materiales tales como papel, cartón, plástico y vidrio, de los demás desechos. (Art. 111 )
 

 
2018   Acuerdo 726 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.  

La Administración Distrital exigirá a quien solicite un permiso de evento, que conlleve aglomeración de público, un Plan de Manejo de Residuos Sólidos que garantice que los no aprovechables sean manejados por un prestador de servicios de aseo y los aprovechables sean correctamente manejados por medio de organizaciones de recicladores, estimulando así la formalidad de los mismos en la ciudad.
 

 
2018   Decreto 130 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Artículo 1 del Decreto 469 de 2015, en el sentido de fijar hasta el 31 de marzo de 2019 el plazo para que los propietarios, arrendatarios o tenedores de las bodegas privadas de reciclaje de residuos sólidos no afectas al servicio público de aseo culminen el plan de acción para la Regularización. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto Distrital 456 de 2010.
 

 

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