Documentos para MINERIA :: Restricciones
Año   Documento   Restrictor  
2002   Sentencia C-339 de 2002 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte señala que, en virtud del principio de precaución, en caso de presentarse una falta de certeza científica absoluta frente a la exploración o explotación minera de una zona determinada; la decisión debe inclinarse necesariamente hacia la protección de medio ambiente, pues si se adelanta la actividad minera y luego se demuestra que ocasionaba una grave daño ambiental, sería imposible revertir sus consecuencias.
 

 
2004   Sentencia T-774 de 2004 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte señala que, en virtud del principio de precaución, en caso de presentarse una falta de certeza científica absoluta frente a la exploración o explotación minera de una zona determinada; la decisión debe inclinarse necesariamente hacia la protección de medio ambiente, pues si se adelanta la actividad minera y luego se demuestra que ocasionaba una grave daño ambiental, sería imposible revertir sus consecuencias.
 

 
2012   Decreto 2235 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 6 de la Decisión 774 del 30 de Julio de 2012 de la Comunidad Andina de Naciones y el artículo 106 de la Ley 1450 de 2011 en relación con el uso de maquinaria pesada; dando cumplimiento a la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, define así el procedimiento de destrucción de maquinaria pesada y sus partes cuando sean utilizadas en actividades de exploración o explotación minera sin las autorizaciones determinadas por la ley, sin perjuicio de las acciones penales o administrativas a que haya lugar; aclarando que todos aquellos terceros de buena fe que sean sujetos de esta disposición podrán solicitar la protección de sus derechos; la autoridad competente para cumplir este procedimiento es la Policía Nacional, quien deberá presentar un informe soportado con registros fílmicos y fotográficos.
 

 
2013   Decreto 933 de 2013 Nivel Nacional  

Dicta disposiciones en materia de formalización de minería tradicional y se modifican unas definiciones del Glosario Minero. De otra parte, señala el trámite para la formalización de mineros tradicionales, aspectos técnicos y ambientales, formalización en áreas con título minero, zonas restringidas y formalización y actividades no susceptibles de formalización.
 

 
2015   Decreto 1886 de 2015 Nivel Nacional  

Establece Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas, que tiene por objeto establecer las normas mínimas para la prevención de los riesgos en las labores en estas actividades, así mismo adoptar los procedimientos para efectuar la inspección, vigilancia y control de todas las labores mineras subterráneas y las de superficie que estén relacionadas con estas, para la preservación de las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en que se desarrollan tales labores. Señala su ámbito de aplicación, prohibiciones, definiciones, responsabilidad de aplicación y cumplimiento del reglamento, personal de dirección técnica y operacional, obligaciones, capacitación, elementos y equipos de protección personal, autoridades competentes, registros y planos, medicina preventiva y del trabajo, investigación de accidentes mortales, ventilación, control del polvo, prevención de derrumbes, transporte; almacenamiento, uso y transporte de explosivos; instalaciones eléctricas, maquinarias y herramientas, prevención y extinción de fuegos e incendios, higiene y condiciones de trabajo en relación la iluminación, ruido, temperatura, señalización y demarcación, desagüe; define el estatuto de prevención, capacitación y atención de emergencias mineras y salvamento minero, medidas de prevención y seguridad, excepciones de aplicación y sanciones.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional  

Cuando se realice exploración o explotación de minerales por cualquier persona natural o jurídica, sin contar con título minero inscrito en el Registro Minero Nacional y licencia ambiental o su equivalente, cuando esta última se requiera, procederá la medida de destrucción de maquinaria pesada y sus partes prevista en el artículo 6º de la Decisión 774 de 2012 de la Comunidad Andina de Naciones, independientemente de quién los tenga en su poder o los haya adquirido. (Artículos 2.5.7.1 al 2.5.7.4).
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Dispone que las autoridades de Policía en el ejercicio de sus funciones, velarán por el cumplimiento de las normas mineras y ambientales vigentes e informarán de los incumplimientos a las autoridades competentes con el fin de que estas apliquen las medidas a que haya lugar, imponiendo y ejecutando medidas preventivas por los comportamientos contrarios a la protección del medio ambiente. (Art. 96). Igualmente, establece las medidas para el control de la explotación y aprovechamiento ilícita de minerales: ingreso de maquinaria pesada, las actividades objeto de control, el control de insumos, las competencia en materia minero-ambiental, así como las medidas correctivas que se aplican en el caso. (Art. 104 al 108).
 

 
2018   Resolución 1259 de 2018 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Señala los casos en los que no se requerirá adelantar trámite de modificación de la licencia ambiental o su equivalente, para aquellas obras o actividades consideradas cambios menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de los proyectos del sector minero.
 

 
2018   Sentencia 110010 de 2018 Consejo de Estado - Sección Segunda  

La Sección Segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó la sentencia proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado que negó una solicitud de amparo contra el Tribunal Administrativo del Meta, toda vez que dicho ente administrativo no incurrió en un defecto por desconocimiento de precedente ni fáctico al emitir la decisión cuestionada y que lo que se encuentra es una inconformidad con el resultado del análisis jurisprudencial y la posición adoptada por el juez natural, lo cual no es atacable vía tutela en la medida en que aquella cuenta con soporte y está debidamente razonada y justificada, por lo que, reiteran, este mecanismo no puede convertirse en una tercera instancia para continuar con el debate presentado en sede contenciosa.
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad". Los mineros de subsistencia, definidos por el Gobierno nacional, sólo requerirán para el desarrollo de su actividad la inscripción personal y gratuita ante la alcaldía del municipio donde realizan la actividad y de efectuarse en terrenos de propiedad privada deberá obtener la autorización del propietario. La alcaldía del municipio donde se realiza la actividad minera podrá mediar en la obtención de dicha autorización. En la minería de subsistencia se entienden incluidas las labores de barequeo. La minería de subsistencia no comprende la realización de actividades subterráneas, hacer uso de maquinaria o explosivos, ni puede exceder los volúmenes de producción señalados por el Ministerio de Minas y Energía. Para el ejercicio de esta actividad los mineros deberán cumplir con las restricciones establecidas en los artículos 157 y 158 de la Ley 685 de 2001. (Artículo 327)
 

 
2019   Ley 1968 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Prohíbe a partir del 1° de enero de 2021, explotar, producir, comercializar, importar, distribuir o exportar cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional. La prohibición dispuesta en el presente artículo no aplicará ni generará consecuencias jurídicas respecto al asbesto instalado antes de la fecha establecida.
 

 

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