Documentos para POLICIA CIVICA :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1989   Decreto 17 de 1989 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se crea el cuerpo de Policía Civica adscrita al Departamento Administrativo de Tránsito y Transportes.
 

 
1991   Ley 4 de 1991 Congreso de la República de Colombia  

Régimen Formativo de orden público interno Modalidades Policía Cívica Juvenil
 

 
1994   Decreto 355 de 1994 Nivel Nacional  

Se dictan normas relativas a la policía cívica, en la modalidad de voluntarios, definición, miembros, funciones, art. 1 a 4. Clasificación, art. 5 y 6. Vigencia, art. 7.
 

 
1995   Decreto 431 de 1995 Nivel Nacional  

Se define como cuerpo no armado en la modalidad de voluntarios, clasificación, funciones, domicilio, art. 1 a 5. Dependencia, Organización y Funciones, art. 6 a 19. Policía Cívica de Mayores, miembros, requisitos de ingreso, vinculación, responsabilidades, retiro, art. 20 a 30. Policía Cívica Juvenil, miembros, requisitos de ingreso, art. 31 a 34. Carácter, condición de miembro, art. 35. Equipo de comunicaciones, servicio voluntario, carné, supervisión y evaluación, autorización, facultad, art. 36 a 43.
 

 
1998   Decreto 596 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 596 de 1998 Se adecua a la Estructura Orgánica del Distrito Capital el Cuerpo de Policía cívica
 

 
2002   Decreto 220 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Integración de Consejo superior del Cuerpo de Policía Cívica de Tránsito, art. 1. Vigencia, art.2.
 

 
2003   Decreto 292 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se reglamenta la Policía Cívica de Tránsito en el DC, se establecen su estructura, funciones, objeto, naturaleza, funcionamiento, art. 1 a 3. Acatamiento de las normas de tránsito, art. 4. Utilización de frecuencias de radiocomunicación, art. 5. Actuación durante situaciones de emergencia, art. 6. Prohibición de portar armas, art. 7. Vigencia, art. 9.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional  

La Policía Cívica en la modalidad de voluntarios, es un cuerpo no armado de carácter civil, sin ánimo de lucro constituido con el objeto de prestar servicio de apoyo para el cumplimiento de las misiones específicas de la Policía Nacional y con el propósito de fortalecer las relaciones policía-comunidad, y dependerá de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional, a través del área que conforme a la estructura orgánica interna que se designe para el efecto, la cual cumplirá las funciones establecidas en el Decreto 4222 de 2006. Por lo tanto, se regula las clases de policía cívica, sus miembros y funciones. (Artículo 2.5.5.1.1 al 2.5.5.5.9).
 

 

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