Documentos para CONGRESO DE LA REPÚBLICA :: Comisiones de Seguimiento
Año   Documento   Restrictor  
2009   Ley 1324 de 2009 Congreso de la República de Colombia  

Crea la comisión de seguimiento del Congreso de la República, la cual verificara en cabeza de 3 Senadores de la Comisión Sexta y 3 Representantes de la Comisión Sexta, el estricto cumplimiento de esta ley, por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación y dicta normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado.
 

 
2011   Ley 1447 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Desarrolla el artículo 290 de la Constitución Política de Colombia, relacionada con el examen periódico de los límites de las entidades territoriales; establece como responsabilidad del Congreso de la República fijar o modificar el límite de regiones territoriales del orden departamental y del Distrito Capital de Bogotá; a las Asambleas Departamentales, el de municipios y provincias territoriales, y al Gobierno Nacional el de las entidades territoriales indígenas. Para el examen periódico de los límites se realizará diligencia de deslinde por parte del el Instituto Geográfico Agustín Codazzi- IGAC. De igual forma establece el concepto y procedimiento para el deslinde y los límites tradicional y dudoso. Y señala como artículo transitorio que en un plazo no mayor de tres años, contados a partir de la vigencia de esta Ley, las Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, revisarán y actualizarán los expedientes de límites dudosos radicados en el Senado de la República y que no hayan concluido su trámite.
 

 
2014   Sentencia 630 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

El Capítulo 4 de la Ley 5 de 1992 por la cual se expide el Reglamento del Congreso establece las diferentes clases de comisiones que existen en el Congreso de la República. Dentro de esta tipología existen comisiones constitucionales permanentes que se encuentran reguladas en la sección primera de dicho capítulo, comisiones legales reguladas en la sección segunda, comisiones especiales reguladas en la sección tercera del capítulo, comisiones accidentales reguladas en la sección cuarta y comisiones regionales interparlamentarias. En el presente caso el legislador explícitamente establece que está creando una comisión de seguimiento. "Estas Comisiones tendrán el encargo específico de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, de acuerdo con reglamentación que al efecto expidan las respectivas Mesas Directivas de las Cámaras atendiendo a la naturaleza y finalidad de cada una de ellas, y rendirán los informes del caso y las propuestas de alternativas legislativas a las Comisiones Constitucionales Permanentes y al pleno de cada una de las Cámaras.. Al analizar la relevancia que esos casos anteriores puedan tener en la decisión del presente, debe advertirse que ellos resultan sólo parcialmente pertinentes, pues en todos ellos la exequibilidad o no de la creación de las respectivas comisiones de seguimiento dependió de distintos factores que en esta controversia no concurren. En este sentido, resulta inaplicable como precedente el caso resuelto en la sentencia C-702 de 1999, insistentemente invocado por la demandante, pues en ese entonces la infracción a las normas superiores radicó en que se establecía en cabeza de la comisión un poder de autorización o veto sobre el ejercicio de facultades típicamente presidenciales, situación que difiere de la ahora planteada.
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Establece que las mesas directivas de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara conformarán una Comisión en la que tendrán asiento todos los partidos y movimientos políticos representados en las respectivas Comisiones, encargada de efectuar el seguimiento de la aplicación de esta ley, recibir las quejas que se susciten en ocasión de la misma y revisar los informes que se le soliciten al Gobierno nacional. (Art. 241)
 

 
2017   Ley 1864 de 2017 Congreso de la República de Colombia  

Crea la Comisión de Seguimiento a los Delitos Electorales la cual deberá sesionar mínimo una vez cada seis meses con el fin de evaluar, proponer y modificar la política criminal electoral.
 

 

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