Documentos para PERSONAS CON LIMITACIONES O CAPACIDADES EXCEPCIONALES :: Limitaciones Visuales
Año   Documento   Restrictor  
2011   Circular 78 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Remite a todas las entidades del Distrito la comunicación suscrita por el Honorable Concejal Javier Palacio Mejía, mediante la cual solicita suministrar información relacionada con programas Distritales para invidentes.
 

 
2013   Circular 143 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Solicita a las entidades y/u organismos distritales tomar las medidas pertinentes para garantizar el derecho de acceso a las personas con limitaciones visuales, asimismo, solicita especialmente a las Secretarías Distritales de Gobierno y de Movilidad, y a Transmilenio S.A, adoptar las medidas pertinentes para realizar el seguimiento en la materia, así como a la Secretaría Distrital de Integración Social, en calidad de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Discapacidad coordinar con el Instituto Nacional para Ciegos el apoyo técnico y asesoría respectiva.
 

 
2013   Ley 1680 de 2013 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza el acceso autónomo e independiente de las personas ciegas y con baja visión, a la información, a las comunicaciones, al conocimiento, y a las tecnologías de la información y las comunicaciones, para hacer efectiva su inclusión y plena participación en la sociedad.
 

 
2021   Ley 2090 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Aprueba el Tratado de Marrakech, para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, suscrito en Marrakech, Marruecos, el 27 de junio de 2013.
 

 
2022   Ley 2265 de 2022 Congreso de la República de Colombia  

Podrá ser puesta a disposición de los interesados, la información de los productos de uso humano o animal y servicios a través del uso de aplicaciones móviles, la utilización de otros medios tecnológicos, digitales, informativos disponibles, o por medio del sistema Braille o atención personalizada; los productos cuyos empaques y/o envases no estén diseñados para soportar este tipo de leyendas, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente ley hasta tanto se den los avances tecnológicos que así lo permitan. Los textos y guías escolares que sean producidos y diseñados por el Ministerio de Educación Nacional, deberán incluir en su impresión el sistema Braille.
 

 

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