Documentos para MEDICINA PREPAGADA :: Patrimonio y Ambulancias
Año   Documento   Restrictor  
2003   Decreto 800 de 2003 Nivel Nacional  

Señala que las entidades de servicio de ambulancias prepagada deberán suministrar a la Superintendencia Nacional de Salud la información sobre el desarrollo de su objeto social, la ubicación de sus unidades y el perímetro a cubrir. Y determina el número de ambulancias con que deben contar las entidades de servicio de ambulancia prepagada según su número de beneficiarios, el patrimonio para operación del Plan de Atención Complementaria y el capital que deben tener las entidades de medicina prepagada.
 

 

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