Documentos para MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE :: Protección, Preservación y Desarrollo Sostenible
Año   Documento   Restrictor  
2004   Resolución 136 de 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Se establecen los procedimientos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la acreditación o certificación de las inversiones de control y mejoramiento del medio ambiente. Las autoridades ambientales competentes pueden certificar previamente a la realización de la inversión por parte de la persona jurídica respectiva, que dichas inversiones son para el control y mejoramiento del medio ambiente, siguiendo los requisitos y procedimientos previstos en el presente acto administrativo. Por otro lado en los proyectos de inversión que se desarrollen en etapas o fases, el interesado debe renovar anualmente la certificación o acreditación ante la autoridad ambiental respectiva, cuestión para la cual deberá ajustarse al procedimiento aquí aducido.
 

 
2010   Resolución 2086 de 2010 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Este Ministerio adoptará y difundirá un Manual Conceptual y Procedimental de la Metodología para el Cálculo de Multas por Infracción a la Normativa Ambiental, el cual se constituirá en una guía para la imposición de multas por parte de las autoridades ambientales en ejercicio de la función policiva contenida en la Ley 1333 de 2009.
 

 
2011   Fallo 946 de 2011 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

Declara la nulidad del Decreto 1016 del 22 de noviembre de 2002, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá y la Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, ¿Por el cual se asigna el Tratamiento Especial de Preservación del Sistema Orográfico y se incorpora la parte Suburbana del predio denominado Cedro Alto en área Suburbana del predio denominado Cedro Alto en área suburbana de preservación del Sistema Orográfico en la localidad número 1 de Usaquén¿. El Tribunal resalta respecto a la competencia para sustraer zonas de reserva forestal: ¿ La única autoridad (competente) para sustraer zonas de reserva forestal, continua en cabeza del Ministerio del Medio Ambiente, así como la reglamentación de su uso y no del Distrito Capital de Bogotá, como se hizo en el Decreto 1016 de 22 de noviembre de 2000.En criterio de la sala para que el Distrito Capital de Bogotá, pudiera reglamentar los usos del predio CEDRO ALTO, bien pudo solicitar al Ministerio del Medio Ambiente la sustracción de la reserva ambiental, para luego si incorporarla y reglamentar sus usos, al no hacerlo así usurpo funciones que no son de su competencia.¿
 

 
2012   Resolución 779 de 2012 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Modifica la Resolución 136 de 2004, adicionando requisitos dentro del cumplimiento que debe efectuarse en la presentación de la solicitud de acreditación de las inversiones para el control y mejoramiento del medio ambiente de acuerdo con lo previsto en el Estatuto Tributario cuando se trate de equipos, elementos y maquinaria destinados a proyectos, programas o actividades de reducción en el consumo de energía y/o eficiencia energética que correspondan a la implementación de metas ambientales concertadas con el Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
 

 
2012   Resolución 1527 de 2012 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Señala las actividades de bajo impacto ambiental y que además, generan beneficio social, de manera que se puedan desarrollar en las áreas de reserva forestal, sin necesidad de efectuar la sustracción del área. Se mencionan actividades las cuales son consideradas de bajo impacto ambiental y que generan beneficio social como las inherentes o necesarias para adelantar la administración de las mismas, por parte de la autoridad ambiental competente, el establecimiento de unidades temporales e itinerantes, dentro del marco de actividades de campaña militar para garantizar la seguridad nacional, siempre y cuando estas no sean superiores a una (1) hectárea y no impliquen la construcción de infraestructura permanente, de igual manera la construcción de instalaciones públicas rurales destinadas a brindar servicios de educación básica y puestos de salud a los pobladores rurales, el mantenimiento de vías existentes, siempre y cuando no varíen las especificaciones técnicas y el trazado de las mismas entre otros.
 

 
2013   Fallo 66203 de 2013 Consejo de Estado  

Para tomar decisiones razonables y justas que atiendan a las necesidades del momento actual, en la presente acción popular se debe ponderar la protección al medio ambiente con el desarrollo económico y social, respetando el desarrollo sostenible; lo que hace necesario hacer referencia a éste último concepto, con el fin de fijar su alcance en la necesidad de proteger tanto el medio ambiente representado en la reserva forestal denominada Bosque Oriental de Bogotá, que constituye un recurso fundamental para el país y la humanidad, como los derechos adquiridos con justo título. Es tal la importancia del principio de desarrollo sostenible que el Decreto Ley 3570 de 2011 señala como objetivos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible orientar y regular el ordenamiento ambiental del territorio y definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables.
 

 
2014   Resolución 1274 de 2014 Ministerio del Medio Ambiente  

Modifica la Resolución 1527 de 2012, actividades de bajo impacto ambiental y que además, generan beneficio social, de manera que se puedan desarrollar en las áreas de reserva forestal, sin necesidad de efectuar la sustracción del área. Se mencionan actividades las cuales son consideradas de bajo impacto ambiental y que generan beneficio social como las inherentes o necesarias para adelantar la administración de las mismas, por parte de la autoridad ambiental competente, el establecimiento de unidades temporales e itinerantes, dentro del marco de actividades de campaña militar para garantizar la seguridad nacional, siempre y cuando estas no sean superiores a una (1) hectárea y no impliquen la construcción de infraestructura permanente, de igual manera la construcción de instalaciones públicas rurales destinadas a brindar servicios de educación básica y puestos de salud a los pobladores rurales, las actividades de exploración geotécnica asociada a obras públicas, salvo que impliquen la construcción de accesos, bocas de túneles, túneles o galerías y trabajos de investigación regional y global del subsuelo que realiza el Servicio Geológico Colombiano o centro de educación superior y de investigación científica y tecnológica con el objeto de obtener, completar y profundizar el conocimiento del potencial del país en los recursos mineros del suelo y del subsuelo.
 

 
2021   Decreto 644 de 2021 Nivel Nacional  

Sustituye los artículos 2.2.9.2.1.4. y 2.2.9.2.1.5., se adiciona un parágrafo al artículo 2.2.9.2.1.3. y se adiciona el artículo 2.2.9.2.1.8.A. del Decreto 1076 de 2015, en lo relacionado con la financiación y destinación de recursos para la gestión integral de los páramos en Colombia.
 

 
2021   Decreto 690 de 2021 Nivel Nacional  

Adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, del sector de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con el manejo sostenible de la flora silvestre y los productos forestales no maderables, y se adoptan otras determinaciones.
 

 
2021   Decreto 1630 de 2021 Nivel Nacional  

Adiciona el Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la gestión integral de las sustancias químicas de uso industrial, incluida su gestión del riesgo, y se toman otras determinaciones.
 

 
2022   Resolución 849 de 2022 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Tiene como objetivo brindar directrices y lineamientos que le permitan a las autoridades formular, implementar, revisar y ajustar sus respectivos PIGCCT, para este fin, se ofrece una metodología por fases, con contenidos mínimos a desarrollar que pueden ser utilizados y ajustados teniendo en cuenta las necesidades y especificidades de cada territorio, y que faciliten en el corto, mediano y largo plazo, la implementación de acciones en materia de adaptación al cambio climático, mitigación de gases de efecto invernadero y gestión del riesgo asociado al cambio climático.
 

 

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