2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1080 de 2015 Nivel Nacional
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El Archivo General de la Nación creará Comités Técnicos que faciliten el desarrollo de la función archivística, de acuerdo con las necesidades de la política archivística, la creación y conformación de los Comités Técnicos corresponderá a la naturaleza de los asuntos técnicos que requieran un análisis especial. Podrán existir Subcomités Técnicos Regionales, coordinados por el Comité Técnico respectivo. Las entidades territoriales en los departamentos, distritos y municipios establecerán mediante acto administrativo, un Comité Interno de Archivo cuya función es asesorar a la alta dirección de la entidad en materia archivística y de gestión documental, definir las políticas, los programas de trabajo y los planes relativos a la función archivística institucional, de conformidad con la Ley 594 de 2000 y demás normas reglamentarias. En ese sentido, se señalan las funciones de los comités, comité interno del archivo, y los Archivos Históricos administrados por entidades académicas y/o privadas. (Artículos 2.8.2.1.12. al 2.8.2.1.17.) |
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