2002 |
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Concepto 27 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Para efectos de determinar la responsabilidad de la prestación del servicio, respecto a deterioro de vehículo, daño producido por incendio, hurto a mano armada, hechos que impliquen fuerza mayor o caso fortuito, debe acudirse a las normas generales contenidas en el Código Civil y de Comercio que regula el contrato de depósito. |
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