Documentos para REDES NACIONALES :: Red Nacional de Centros de Reserva para la Atención de Emergencias
Año   Documento   Restrictor  
1995   Decreto 969 de 1995 Nivel Nacional  

Red Nacional para la atención de emergencias, art. 1. Objetivo, art. 2. Organización , art. 3. Entidades administradoras de los centros, art. 4. Comités para la prevención y atención de desastres, art. 5. Recursos, art. 6. Planes de desarrollo y apropiaciones presupuéstales, art. 7. Contratos de comodato, art. 8. Sistema de información, art. 9. Control de inventarios, art. 10. Traslado de equipos, art. 11.
 

 
1999   Decreto 200 de 1999 Nivel Nacional  

Procedimiento para la atención de víctimas de eventos catastróficos de especial magnitud con cargo a los recursos de la subcuenta de seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito, art. 1.
 

 
2001   Directiva Presidencial 005 de 2001 Presidencia de la República  

Se fortalece el sistema Nacional para la prevención y atención de desastres y se adoptan políticas por parte del Gobierno Nacional con la finalidad de responder ante cualquier calamidad
 

 
2009   Decreto 3696 de 2009 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 969 de 1995, por el cual se organiza y reglamenta la red nacional de centros de reserva para la atención de emergencias, en lo relacionado con la organización territorial y la administración de la red, las obligaciones de las entidades operativas, la propiedad de los bienes, tales como maquinaria, equipos, herramientas y/o elementos y el traslado de bienes adquiridos o recibidos en donación por el Fondo Nacional de Calamidades y entregados en comodato a la Cruz Roja Colombiana y a los Cuerpos de Bomberos Voluntarios.
 

 
2011   Decreto 4912 de 2011 Nivel Nacional  

En los casos de riesgo inminente y excepcional, el Director de la Unidad Nacional de Protección podrá adoptar, sin necesidad de la evaluación del riesgo, contemplando un enfoque diferencial, medidas provisionales de protección para los usuarios del Programa e informará de las mismas al Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas ¿ Cerrem en la siguiente sesión, con el fin de que este recomiende las medidas definitivas, si es del caso. Por otro lado con el propósito de adoptar estas medidas de protección de emergencia, el Programa hará una valoración inicial del riesgo al que está expuesto el peticionario, disponiendo en forma inmediata la realización de la evaluación del Riesgo, que permita ajustar o modificar las decisiones adoptadas inicialmente. Finalmente los recursos físicos para la prestación de las medidas de protección a las poblaciones objeto del cargo, serán suministrados por las entidades del Estado o corporaciones públicas correspondientes, de conformidad con los acuerdos específicos realizados en cada evento.
 

 
2011   Ley 1488 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública, de forma temporal de mano de obra damnificada o afectada para realizar y ejecutar actividades de rehabilitación, reconstrucción, mejora de áreas públicas, construcción de vivienda y demás actividades conexas o complementarias que se requieran para la recuperación social, económica o ecológica de las zonas declaradas en emergencia.
 

 

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