Documentos para LICITACIÓN PUBLICA :: Nulidad del Acto de Adjudicación
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 19216 de 2012 Consejo de Estado  

La Sección Tercera del Consejo de Estado, decide del recurso de apelación dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, ¿contra la declaración de nulidad del acto administrativo de adjudicación, como la indemnización de los perjuicios causados por haber sido privado del derecho de ser el adjudicatario del proceso de selección, le corresponde, si quiere salir avante en sus pretensiones de condena, cumplir una doble carga procesal: de una parte, demostrar que el acto administrativo efectivamente lesionó normas superiores del ordenamiento jurídico y, de otra, acreditar que, efectivamente, su propuesta era la mejor y la más conveniente para la administración -en términos del servicio público¿ (¿) ¿El daño antijurídico en este tipo de eventos se concreta cuando, a pesar de haber presentado la mejor, la más favorable y la más conveniente de las ofertas para los intereses de la entidad pública, se priva al oferente del derecho a ser adjudicatario del proceso de selección. Ese daño es generador de perjuicios que deben ser indemnizados y que consisten, fundamentalmente, en la pérdida de la utilidad que esperaba obtener con la ejecución del contrato¿ (¿) ¿no es procedente acudir a la equidad y fijar la indemnización del perjuicio en el monto de la garantía de seriedad del ofrecimiento, porque la dificultad no estriba en la segregación del precio del contrato y del porcentaje o del monto de la utilidad que esperaba recibir el demandante con su ejecución, sino en la ausencia de los elementos de juicio necesarios para cuantificar el perjuicio material irrogado, de modo que, como la Sala desconoce si la oferta presentada por la parte actora señalaba expresamente el monto de la utilidad esperada, el fallador no puede fijar la indemnización acudiendo a la equidad, porque pueden existir parámetros ciertos de los cuales se pueda deducir tal extremo, a pesar de que esa precisa información no repose en el expediente¿.
 

 
2012   Fallo 21571 de 2012 Consejo de Estado  

¿El acto de adjudicación del contrato, puede enjuiciarse mediante el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, interpuesta por quien se crea lesionado en sus derechos en el proceso licitatorio, dentro de los treinta (30) días siguientes a su notificación, comunicación o publicidad, siempre que no se hubiere celebrado el correspondiente contrato. (¿) El artículo 32 de la Ley 446 de 1998, sustrajo la aplicación general del plazo de caducidad de cuatro meses, previsto en el artículo 136 del C. C. A. para la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, al establecer que deberán impugnarse en los treinta (30) días siguientes a su comunicación, notificación o publicación, siempre que no se hubiere celebrado el correspondiente contrato¿.
 

 
2012   Fallo 22089 de 2012 Consejo de Estado  

¿Cuando se demanda la nulidad del acto de adjudicación y el actor pretende ser indemnizado por haber presentado la mejor propuesta, deberá cumplir una doble carga probatoria, de una parte, (i) demostrar que el acto efectivamente lesionó normas superiores del ordenamiento jurídico y de otra, (ii) probar que su propuesta era la mejor y más conveniente para la Administración. (¿) La demanda de nulidad y restablecimiento del sub lite no tiene vocación de prosperidad, toda vez que el actor, Francisco Javier Cárdenas Peláez, no acreditó la totalidad de los hechos en los que fundó sus pretensiones, en tanto omitió aportar al expediente copia del pliego de condiciones que rigió la Licitación Pública 02 de 1996 y de todas las ofertas que fueron presentadas en la misma, de forma que se pudiera proceder a adelantar los análisis y cotejos pertinentes entre ellas, con el fin de determinar si había presentado la mejor propuesta, tal y como lo alegó en el transcurso del proceso.¿
 

 
2013   Fallo 01850 de 2013 Consejo de Estado  

Precisa que cuando alguien demanda la nulidad del acto de adjudicación y pretende ser indemnizado por haber presentado la mejor propuesta, adquiere si quiere sacar avante sus pretensiones doble compromiso procesal. El primero, tendiente a la alegación de la normatividad infringida; y el segundo relacionado con la demostración de los supuestos fácticos para establecer que la propuesta hecha era la mejor desde el punto de vista del servicio público para la administración.
 

 
2014   Fallo 00580 de 2014 Consejo de Estado  

Señala que en el evento que el oferente deja vencer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, tendrá la posibilidad de demandar la nulidad de los actos, pero ya sin posibilidad de reclamar resarcimientos, como en el caso de la nulidad del acto de adjudicación.
 

 

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