Documentos para LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR :: Medidas para Preservación del Orden Público
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto Local 1 de 2007 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar  

Adopta medidas para la Protección de Menores de Edad, restringiendo su circulación, con el fin de preservar el orden público y proteger la convivencia ciudadana de la Localidad de Ciudad Bolívar, prohibiendo a los menores de 18 años, permanecer y/o circular en el espacio público y/o establecimientos de comercio abiertos al público, en el horario comprendido entre las 11:00 p.m. y las 05:00 a.m., cuando se encuentren sin la compañía de cualquiera de sus padres o de un pariente responsable, hasta el 31 de julio de 2007.
 

 
2007   Decreto Local 3 de 2007 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar  

Prohibe a los menores de 18 años, permanecer y/o circular en el espacio público y/o establecimientos de comercio abiertos al público, en el horario comprendido entre las 11:00 p.m. y las 05:00 a.m., cuando se encuentren sin la compañía de cualquiera de sus padres o de un pariente responsable, en la localidad de Ciudad Bolívar. La medida se extenderá por término indefinido hasta tanto no se modifiquen las condiciones especiales de seguridad que se presentan en la Localidad.
 

 
2010   Decreto 563 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta medidas de policía, necesarias para garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas en Bogotá D.C. y se adoptan medidas especiales para algunas zonas del Distrito Capital, con relación al expendio de licores y bebidas embriagantes, por parte de licorerías, cigarrerías, tiendas y supermercados, los cuales, sólo podrá realizarse en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. y las 01:00 a.m.; en las siguientes localidades: Suba, Kennedy, Bosa, Engativá, Fontibón, San Cristóbal, Rafael Uribe, Ciudad Bolívar y Usme. Asimismo, señala que ésta medida se mantendrá vigentes entre la 01:00 horas del 31 de diciembre de 2010 y las 01:00 horas del 17 de enero de 2011 y el impacto de las mismas será evaluado por el Consejo Distrital de Seguridad, que hará las recomendaciones del caso al Gobierno Distrital, para suspender, mantener o ampliar las medidas a otras zonas de la ciudad.
 

 
2013   Decreto 294 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público en las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito y Bosa entre la primera hora de la mañana (01:00 a.m.) y las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) del día siguiente, de los días sábado 29, domingo 30 de junio, y lunes 1° de julio.
 

 
2013   Decreto 368 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara el toque de queda en la Localidad de Ciudad Bolívar desde las 21:00 horas del día miércoles 28 de agosto, hasta las 05:00 horas del día jueves 29 de agosto de 2013. Se exceptúan de esta medida los operadores de aseo con vehículos identificados permanentemente, vehículos de obra pública debidamente identificados y vehículos que transporten cilindros de oxígeno medicinal.
 

 
2013   Decreto 369 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prohíbe en las Localidades de Ciudad Bolívar y Bosa el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público a partir de las 19:00 horas del día 29 de agosto de 2013, hasta las 19:00 horas del día 30 de agosto de 2013.
 

 
2013   Decreto 370 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara el toque de queda en las Localidades de Ciudad Bolívar, Bosa y Suba desde las 20:30 horas del día jueves 29 de agosto, hasta las 05:00 horas del día viernes 30 de agosto de 2013. Se exceptúan de esta medida los operadores de aseo con vehículos identificados permanentemente, vehículos de obra pública debidamente identificados, y vehículos que transporten cilindros de oxígeno medicinal y ambulancias.
 

 
2013   Decreto 374 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes en las tiendas de la UPZ 57 Gran Yomasa de la localidad de Usme, las UPZ's 66 San Francisco, 67 Lucero y 69 Ismael Perdomo de la localidad de Ciudad Bolívar, la UPZ 50 La Gloria de la localidad de San Cristóbal, la UPZ 55 Diana Turbay de la localidad de Rafael Uribe Uribe, la UPZ 84 Bosa Occidental de la localidad de Bosa y la UPZ 82 Patio Bonito de la localidad de Kennedy; durante los siguientes días: 31 de agosto, 1,6, 7, 8, 13, 14, 15,20,21,22,27,28, Y29 de septiembre de 2013, desde las 21 :00 horas hasta las 10:00 horas del día siguiente. El funcionamiento de los establecimientos comerciales dedicados a la venta y consumo de licor de la UPZ 57 Gran Yomasa de la localidad de Usme, las UPZ's 66 San Francisco, 67 Lucero y 69 Ismael Perdomo de la localidad de Ciudad Bolívar, la UPZ 50 La Gloria de la localidad de San Cristóbal, la UPZ 55 Diana Turbay de la localidad de Rafael Uribe Uribe, la UPZ 84 Bosa Occidental de la localidad de Bosa y la UPZ 82 Patio Bonito de la localidad de Kennedy; en los días mencionados en el artículo anterior, será desde las 10:00 horas hasta la O1:(0) hora del día siguiente.
 

 
2014   Decreto 84 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Prohíbe el expendio y/o consumo de bebidas embriagantes en los establecimientos de comercio cuya actividad principal es la venta, consumo y/o expendio de bebidas embriagantes en las UPZ: Ismael Perdomo (69), Lucero (67), Arborizadora (65), Jerusalén (70), de la Localidad de Ciudad Bolívar y de la UPZ Bosa Central (85) de la Localidad de Bosa en la Ciudad de Bogotá por el término de tres (3) meses a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, desde las veintitrés (23:00) horas hasta las diez (10:00) horas del día siguiente para los días viernes, sábados, domingos y días festivos.
 

 
2014   Decreto 102 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo primero del Decreto 084 de 201. Prohíbe el expendio y/o consumo de bebidas embriagantes en los establecimientos de comercio cuya actividad principal es la venta, consumo y/o expendio de bebidas embriagantes en las UPZ: Ismael Perdomo (69), Lucero (67), Arborizadora (65), Jerusalem (70), de la localidad de Ciudad Bolívar y de los barrios San Diego Bosa, Bosa, José Antonio Galán, San Pablo Bosa y Villa Anny II de la UPZ Bosa Central (85), de la localidad de Bosa en la ciudad de Bogotá por el término de tres meses a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, desde las veintitrés (23:00) horas hasta las diez (10:00) horas del día siguiente para los días viernes, sábados, domingos y días festivos.
 

 
2018   Decreto 107 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público en la totalidad del territorio de las localidades de Ciudad Bolivar (19), desde las 9:00 pm del 22 de febrero de 2018 y hasta las 11:59 pm del 25 de febrero de 2018 y restringe la presencia y circulación de las niños, niñas, las/los jóvenes menores de dieciocho (18) años en el espacio público y/o en los establecimientos de comercio abiertos al público durante los horarios establecidos en el presente Decreto.
 

 
2019   Decreto 714 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreta el toque de queda en la ciudad de Bogotá D.C., adopta medidas y utiliza los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos y libertades públicas.
 

 

Total: 12 documentos encontrados para LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR :: Medidas para Preservación del Orden Público