Documentos para LOCALIDADES DE BOGOTÁ D.C. :: Creación
Año   Documento   Restrictor  
1992   Acuerdo 2 de 1992 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se crean las Localidades del Distrito Capital y se determina la integración de las Juntas Administradoras Locales
 

 
1993   Decreto 1421 de 1993 Nivel Nacional  

El Concejo Distrital, a iniciativa del alcalde mayor, señalará a las localidades su denominación, límites y atribuciones administrativas, y dictará las demás disposiciones que fueren necesarias para su organización y funcionamiento. (Artículo 62)
 

 
1998   Concepto 1790 de 1998 Departamento Administrativo de Planeación Distrital  

Las localidades no son un elemento estructurante del Plan de Ordenamiento Territorial pero ellas si deben atender los elementos estructurantes de la ciudad, por lo cual se considera que no es apropiado tratarlas como tales dentro del componente general del P.O.T. Si el Concejo Distrital no aprobare el P.O.T. dentro del termino legal, el Alcalde Mayor puede hacerlo por decreto, pero como las localidades son de creación exclusiva del Concejo Distrital, la creación que se hiciere dentro del P.O.T., de las nuevas localidades estaría viciada de nulidad por la causal de falta de competencia consagrada en el Código Contencioso Administrativo. En el caso que el P.O.T. se adopte mediante Acuerdo, se crearían las localidades, pero estas no podrían empezar a operar de inmediato ya que según lo dispone el artículo 64 del Decreto Ley 1421 de 1993, estas deben contar con unas juntas administradoras locales las cuales son de elección popular, igual situación ocurre con los ediles según lo dispone el artículo 65 ibídem.
 

 
2021   Decreto 555 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento para toda la jurisdicción del Distrito Capital en sus suelos urbano, rural y de expansión. dando cumplimiento a las disposiciones sustanciales y procedimentales de las leyes 388 de 1997, 810 de 2003, 902 de 2004 y demás normas reglamentarias. Dentro de su contenido delimita 33 Unidades de Planeamiento Local -UPL (Localidades).
 

 
2021   Ley 2116 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Dispone que el Concejo Distrital, a iniciativa del Alcalde Mayor, señalará a las localidades su denominación, límites y atribuciones administrativas, y dictará las demás disposiciones que fueren necesarias para su organización y funcionamiento. Además, se podrán crear zonas rurales para la administración de localidades con características distintas a las de las zonas urbanas.
 

 

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