Documentos para MADRES COMUNITARIAS :: Bonificación Mensual
Año   Documento   Restrictor  
2008   Decreto 1490 de 2008 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 4° de la Ley 1187 de 2008, indicando que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar incrementará la bonificación de las Madres Comunitarias hasta el 70% del salario mínimo legal mensual vigente de acuerdo con la modalidad de atención y el número de niños atendidos. De igual forma señala que el Director del I.C.B.F. podrá incrementar el valor de la bonificación anualmente, y establecer las cuotas de participación que deben pagar los padres de familia en las modalidades de atención de la primera infancia y demás programas.
 

 
2008   Ley 1187 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Establece que la bonificación mensual de las madres comunitarias se incrementara al 70% del salario mínimo legal mensual vigente a partir del 1° de enero de 2008, sin perjuicio de los posteriores incrementos que se realicen.
 

 
2011   Ley 1450 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, ¿Prosperidad para Todos¿. Determina que durante la vigencia 2012, 2013 y 2014 la bonificación que se les reconoce a las madres comunitarias tendrá un incremento correspondiente al doble del IPC, además que se les reconocerá un incremento que les permita en forma voluntaria afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales, así mismo, el ICBF podrá asignar una bonificación para las Madres Sustitutas, adicional al aporte mensual que se viene asignando para la atención exclusiva del Menor.¿
 

 
2014   Decreto 289 de 2014 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente el artículo 36 de la ley 1607 de 2012 por medio de la cual se expidieron normas en materia tributaria, en esta norma se establece que durante ese año 2014, todas las Madres Comunitarias estarán formalizadas laboralmente y devengarán un salario mínimo o su equivalente de acuerdo con el tiempo de dedicación al Programa. Las madres sustitutas recibirán una bonificación equivalente al salario mínimo del 2014, proporcional al número de días activos y nivel de ocupación del hogar sustituto durante el mes, en este sentido la norma reglamentarias fija la modalidad de vinculación, calidad de las madres comunitarias, empleadores, garantía y control sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de protección social por parte de los empleadores, coordinación en actividades de promoción y prevención, calidad del servicio y apoyo al proceso de formalización de las madres comunitarias.
 

 

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