Documentos para ADMINISTRACIÓN CENTRAL D.C. :: Horario Funcionarios
Año   Documento   Restrictor  
2012   Decreto 438 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece el horario de trabajo de los/as servidores/as públicos del Sector Central de la Administración Distrital el cual será de lunes a viernes en jornada continua de 9:30 a.m. a 7:00 p.m., incluida una hora de almuerzo cuyo horario es entre la 1:00 p.m. y las 3:00 p.m, con el fin de garantizar la atención continua e ininterrumpida de la prestación de los servicios y funciones a cargo de los organismos del sector central. Por otro lado los/as Secretarios/as de Despacho y los/as Directores/as de los Departamentos Administrativos y de las Unidades Administrativos sin personería jurídica, podrá establecer un horario alternativo que será entre las 7:00 a.m. y las 4:30 p.m., incluida una hora de almuerzo entre las 12:00 p.m. y las 2:00 p.m., dirigido únicamente para los/as servidores/as públicos/as que tengan bajo su cuidado y protección hijo/as discapacitados/as o menores de 14 años, o para los/as servidores/as que se encuentren estudiando en horario nocturno, siempre y cuando se demuestren dichas situaciones ante el empleador.
 

 
2012   Directiva 1 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Comunica que de acuerdo a razones del servicio y racionalidad del gasto público los jefes de cada una de las dependencias de la Secretaria General, puede establecer cuando a ello hubiere lugar un horario de trabajo alternativo para los funcionarios asignados a sus áreas de 9:00 am. a 6:30 pm, en jornada continua incluida una hora de almuerzo, verificando por parte de cada uno de los directivos de la entidad que se cumpla con el tiempo reglamentario de trabajo y el cumplimiento de horario.
 

 
2016   Decreto 086 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El horario de trabajo de los/as servidores/as públicos/as del Sector Central de la Administración Distrital, será de lunes a viernes en jornada continua de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., incluida una hora de almuerzo.
 

 
2016   Decreto 096 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto Distrital 086 de 2016 "por medio del cual se establece el horario de trabajo de los/as servidores/as públicos del Sector Central de la Administración Distrital".
 

 
2018   Decreto 842 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece el horario de trabajo de los/las servidores/as públicos/as del sector central de la Administración Distrital y se dictan lineamientos para la flexibilización del horario para servidores, que se encuentren en alguna de las circunstancias mencionadas en el Decreto en mención.
 

 
2020   Decreto 084 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adiciona un artículo transitorio al Decreto Distrital 842 de 2018, para establecer la posibilidad de flexibilizar el horario de trabajo durante el tiempo que dure la alerta por la propagación del COVID-19. Se adoptan los siguientes turnos en cada entidad, los cuales deberán ser asignados de manera proporcional entre los servidores, garantizando la prestación del servicio: 1. De lunes a viernes en jornada de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., incluida una hora de almuerzo; 2. De lunes a viernes en jomada de 10:00 a.m. a 7:30 p.m., incluida una hora de almuerzo; 3. De lunes a viernes en jornada continua de 12:00 m. a 8:30 p.m.
 

 

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