Documentos para ADMINISTRACIÓN CENTRAL D.C. :: Autorización Endeudamiento
Año   Documento   Restrictor  
1996   Acuerdo 4 de 1996 Concejo de Bogotá, D.C.  

Amplía el cupo de endeudamiento de la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital, señala la forma de ejecución de la ampliación, garantías y contragaratías para operaciones de deuda pública, control de la utilización del endeudamiento, empréstitos y compromiso de rentas e ingresos de los establecimientos públicos.
 

 
1997   Acuerdo 1 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se amplia el cupo de endeudamiento para los establecimientos Públicos del Distrito Capital
 

 
1998   Acuerdo 8 de 1998 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza un cupo de endeudamiento a la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital en la suma de US $778.000.000, para financiar el Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos", el cual podrá ser utilizado mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas. Asigna a la Secretaría de Hacienda la distribución, el control y seguimiento de las utilizaciones del cupo, así como el endeudamiento y el otorgamiento de garantías y/o contragarantías para obligaciones de deuda pública del Sector Central del Distrito Capital y buscar la utilización de los mecanismos de cobertura de riesgo cambiario y de tasa de interés, sobre las operaciones de crédito de que trata este Acuerdo,
 

 
2001   Acuerdo 41 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.  

Modificación del título del Acuerdo 8 de 1998, por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento para la administración central y los establecimientos públicos del Distrito Capital, art. 1. Modificación del art. 1º del Acuerdo 8/98, art. 2. Modificación del art. 3º del Acuerdo 8/98, art. 3. Modificación del art. 5º del Acuerdo 8/98, art. 4.
 

 
2003   Acuerdo 112 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.  

Amplia en US$100.000.000, la autorización conferida al Distrito por los Acuerdos 8 de 1998 y 41 de 2001, y señala que este cupo puede ser utilizado para celebrar operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas a las anteriores y asigna a la Secretaría de Hacienda el control de la capacidad de pago del Distrito.
 

 
2004   Acuerdo 134 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.  

Amplía el cupo de endeudamiento autorizado mediante los Acuerdos 08 de 1998, 41 de 2001 y 112 de 2003, el cual puede ser utilizado para celebrar operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas a las anteriores, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital, y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Dispone que corresponde a la Secretaría de Hacienda Distrital controlar la capacidad de pago del Distrito Capital, sin exceder lo contemplado por la Ley 358 de 1997, y si esto último sucediere, el Alcalde Mayor suspenderá transitoriamente el saldo disponible del cupo de endeudamiento.
 

 
2007   Acuerdo 270 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.  

Amplia en $362.000.000.000.oo millones de pesos m/cte., el cupo de endeudamiento autorizado al Distrito Capital mediante el Acuerdo 134 de 2004 Distrital, cupo que puede ser utilizado para celebrar operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas, de conformidad con la evaluación económica y de conveniencia que realice la administración distrital, y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
 

 
2010   Acuerdo 458 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital por la suma de $1.2 billones de pesos, que puede ser utilizado para celebrar operaciones de Crédito Público interno, externo u operaciones asimiladas a las anteriores, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital. Asimismo establece que de los recursos del cupo se destinarán para la financiación de los proyectos de inversión del Plan de Desarrollo Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor, la suma de cuatrocientos mil millones de pesos ($400.000.000.000), de igual manera la Administración Distrital destinará ochocientos mil millones de pesos ($800.000.000.000) para la construcción de las obras de infraestructura de la primera línea del proyecto metro de Bogotá.
 

 
2013   Acuerdo 527 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza un cupo de endeudamiento a la Administración Central y a los Establecimientos Públicos del Distrito Capital, en la suma de $3.037.283.000.000 o su equivalente en otras monedas, para la financiación de las obras contempladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, De otra parte, señala que dicho cupo puede ser utilizado a partir del 2013 mediante operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital, y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
 

 
2016   Acuerdo 646 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se autoriza un cupo de endeudamiento global para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital en la suma de $5.038.725.000.000 o su equivalente en otras monedas, con el fin de armonizar y financiar las inversiones y obras del Plan de Desarrollo.
 

 
2016   Acuerdo 657 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017. Señala que todas las operaciones de crédito público que realicen las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y el Ente Autónomo Universitario, no podrán exceder el cupo de endeudamiento autorizado por el Concejo Distrital y la normatividad distrital y nacional sobre la materia; deberán contar con el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda  Dirección Distrital de Crédito Público y con la autorización del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS. Para la ejecución de lo dispuesto, el Distrito Capital podrá otorgar las garantías y contragarantías a que hubiere lugar y efectuar las modificaciones presupuestales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto por las normas vigentes.
 

 
2020   Acuerdo 781 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza un cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital con el fin de armonizar y financiar las inversiones del Plan Distrital de Desarrollo
 

 

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