Documentos para INVERSION PÚBLICA :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
2005   Ley 963 de 2005 Congreso de la República de Colombia  

Instaura una ley de estabilidad jurídica para los inversionistas en Colombia. Establece los contratos de estabilidad jurídica con la finalidad de promover inversiones nuevas y de ampliar las existentes en el territorio nacional, señala quienes podrán ser parte de tales contratos, el deber de la indicación expresa y taxativa de las normas y sus interpretaciones vinculantes realizadas por vía administrativa, que sean consideradas determinantes de la inversión; requisitos de los mismos, primas, término de duración, cláusula compromisoria, terminación anticipada, inhabilidad para contratar, registro de este tipo de contratos y limitaciones a los mismos.
 

 
2005   Resolución 806 de 2005 Departamento Nacional de Planeación  

Organiza metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar los Sistemas de Planeación y la Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos. Establece que las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales deberán utilizar la Metodología General Ajustada diseñada por el Departamento Nacional de Planeación para la Identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública. Registro de proyectos de inversión, sistema de seguimiento y evaluación y acceso al mismo.
 

 
2009   Concepto 2276 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

¿[L]a aplicación del Decreto 1525 de 2008 [Nivel Nacional] frente a los recursos en moneda extranjera que gestiona la Dirección Distrital de Tesorería en las cuentas corrientes de compensación para el manejo de los recursos de destinación específica, procedente de los créditos externos contratados con Banca Multilateral, debe tenerse en cuenta la normatividad aplicable a los referidos contratos, si es la colombiana o las normas aplicables a la entidad internacional. Para la segunda alternativa no le serian aplicables las normas contenidas en el Decreto 1525 de 2008 y para la primera situación el Decreto aplicaría en la medida que los mencionados recursos sean o no excedentes de liquidez¿. ¿Frente a la aplicación del Decreto 1525 de 2008 para los recursos en moneda extranjera que maneja la Dirección Distrital de Tesorería en las cuentas corrientes de compensación de recursos ordinarios, las Dependencias a su cargo, deberán de igual manera, determinar si los recursos allí depositados cumplen con las condiciones y características de excedentes de liquidez¿.
 

 
2009   Concepto 17873 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se consulta sobre el manejo que se le debe dar al documento ranking de cupos de inversión y contraparte. ¿[E]l manejo de la información de los ranking de inversión y contraparte generado por la Oficina de Análisis y Control del Riesgo y aprobados por el Comité de Riesgo, cuyo uso y remisión a las demás entidades radica principalmente en la Dirección Distrital de Tesorería, dicha información se hace obligatoria para las entidades que hacen parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital. En cuanto a las demás entidades se enviará como recomendación para el manejo de los correspondientes portafolios de inversión. En lo que tiene que ver con las sociedades fiduciarias se sugiere enviarlos a las entidades distritales que han suscrito contratos de fiducia, y será el contrato el que determine que el ranking es obligatorio o no. Caso diferente para los patrimonios autónomos como quiera que tienen un régimen especial de inversión.¿
 

 
2009   Concepto 32706 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se consulta sobre el procedimiento a seguir por parte de la Secretaria de Hacienda para liquidar inversiones de liquidez ¿Para liquidar las inversiones de excedentes de liquidez en el evento en que la entidad financiera incumpla los requisitos o condiciones señalados en el Decreto 1525 de 2008 y en el Decreto 2805 de 2009 dentro del período de transición (¿), deberá desmontarse de manera ordenada y progresiva. No obstante lo anterior, la norma referida contempla que la entidad pública podrá efectuar un desmonte anticipado de acuerdo con los resultados y recomendaciones del análisis de riesgos que ésta efectúe. Para el caso de la Secretaría Distrital de Hacienda es competencia, (¿), de la Oficina de Análisis y Control de Riesgos, quien suministrará el sustento técnico para que el Comité de Política de Riesgo determine las políticas y lineamientos en el manejo y control del riesgo financiero del portafolio de inversión, a fin de neutralizar los posibles riesgos.¿, ¿Con relación a las demás inversiones se debe proceder al desmonte inmediato, tal como lo ordena la norma.¿ ¿[E]n el evento de efectuarse la venta de las inversiones de los excedentes de liquidez la entidad pública no podrá registrar pérdidas de capital, por cuanto si se genera podría constituirse en detrimento patrimonial, tal y como lo precisó la Presidencia de la República en documento explicativo del contenido del referido Decreto 1525 de 2008.¿
 

 
2012   Concepto 9304 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital  

Consulta sobre la vigencia y aplicabilidad del Decreto Distrital 404 de 2005, y el alcance del procedimiento establecido en el concepto No. 5967 de 2011, o indicar la procedencia de remitir un proyecto de Decreto tendiente a derogar expresamente el Decreto en comento. (¿) ¿asignó al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, hoy Secretaría Distrital de Planeación, la función de certificar si los proyectos e inversiones que sean financiados con auxilios o donaciones en dinero provenientes de entidades o gobiernos extranjeros, y cuya ejecución esté a cargo de entidades de la Administración Distrital de cualquier orden, son de utilidad común. Esto significa, que la expedición de la certificación se unificó en un solo organismo del Distrito Capital, independientemente si la entidad ejecutora de los recursos es del nivel central o descentralizado del Distrito Capital¿. (¿) ¿la denominación de "entidad pública" prevista en el Decreto Nacional 540 de 2004, es claro que corresponde a cada entidad u organismo del Distrito Capital, certificar sobre la utilidad común de los proyectos e inversiones sobre los que recaerán los auxilios o donaciones de los gobiernos o las entidades extranjeras¿. (¿) ¿frente a la primera inquietud relacionada con la vigencia del Decreto Distrital 404 de 2005, se considera que el mismo actualmente conserva su vigencia, dado que expresamente no ha sido derogado, ni ha sido suspendido o anulado por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, y tampoco han desaparecido los fundamentos de derecho que soportaron su expedición¿ (¿) ¿dado que el Decreto Nacional 540 de 2004 señaló expresamente que será cada entidad pública del sector, ya sea del nivel nacional o territorial, quien deberá certificar si los proyectos e inversiones a que están destinados los auxilios o donaciones correspondientes, son de utilidad común, esta Dirección comparte el planteamiento expuesto en la comunicación, respecto de la procedencia que esa Secretaría, previo el análisis de conveniencia técnico y jurídico correspondiente, elabore y tramite un proyecto de Decreto con el fin de derogar el Decreto Distrital 404 de 2005¿.
 

 
2012   Decreto 1827 de 2012 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los inversionistas autorizados a invertir en los sistemas de cotización de valores del extranjero, señalando que podrán invertir en los valores extranjeros quienes tengan la calidad de inversionista profesional y de cliente inversionista.
 

 
2012   Resolución 2514 de 2012 Ministerio de Salud y Protección Social  

Establece los procedimientos para la formulación, presentación, aprobación, ajuste, seguimiento, ejecución y control de los Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud, que deberán incluir los proyectos de inversión, tanto en infraestructura física, como los proyectos de dotación de equipos biomédicos.
 

 
2020   Decreto 955 de 2020 Nivel Nacional  

Pone en vigencia el Plan de Inversiones Públicas para los años 1998 a 2002, que incluye los principales programas de inversión, tales como programas de educación básica y media, educación formal e informal, educación superior, ampliación del sistema de crédito, ampliando su cobertura y mejorar su equidad, impulsar la educación tecnológica, también se invertirá en deporte, cultura, investigación, medios de comunicación, salud, protección a los menores de 18 años, reforma agraria, entre otros programas.
 

 
2021   Circular Externa 006 de 2021 Superintendencia de Industria y Comercio  

Imparte instrucciones a los proveedores que comercialicen bienes en los días de exención del Impuesto sobre las Ventas (IVA), bien sea de manera presencial o a través de comercio electrónico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2155 de 14 de septiembre de 2021, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los deberes legales en materia de protección al consumidor.
 

 
2021   Decreto 1340 de 2021 Nivel Nacional  

Reglamenta el Impuesto complementario de normalización tributaria, saneamientos activos y las normas de procedimiento.
 

 
2021   Ley 2155 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Adopta un conjunto de medidas de política fiscal que operan de forma articulada, en materia de gasto, austeridad y eficiencia del Estado, lucha contra la evasión, ingreso y sostenibilidad fiscal, orientadas a dar continuidad y fortalecer el gasto social, así como a contribuir a la reactivación económica, a la generación de empleo y a la estabilidad fiscal del país, con el propósito de proteger a la población más vulnerable contra el aumento de la pobreza, preservar el tejido empresarial y afianzar la credibilidad de las finanzas públicas. Adicionalmente, se adoptan las medidas presupuestales correspondientes para su adecuada implementación.
 

 

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