Documentos para ESTAMPILLAS :: Hecho Generador
Año   Documento   Restrictor  
2006   Concepto 1125 de 2006 Secretaría Distrital de Hacienda  

Conforme con los Acuerdos 187 y 188 de 2005 y el Decreto Reglamentario 479 de 2005, el hecho generador de las estampillas Pro Cultura y Pro Personas Mayores, esta constituido por la suscripción de contratos y adiciones de los mismos firmados a partir del 1º de enero de 2006, en los cuales participen los organismos y entidades que conforman el presupuesto anual del Distrito Capital de Bogotá. (Administración central. establecimientos públicos, entes de control y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas). Si se trata de un contrato administrativo, debe entenderse este como aquel revestido de formalidades plenas, que sea suscrito con posterioridad a la entrada en vigencia de las estampillas, es decir después del 1º de enero del 2006, por lo tanto si un contrato se suscribió con anterioridad a esa fecha pero con pagos hasta el año 2014, esta situación no encaja dentro de la retención de los Acuerdos 187 y 188 de 2005, porque en si la suscripción del contrato ocurrió con anterioridad a la expedición de los mismos.
 

 
2006   Concepto 1127 de 2006 Secretaría Distrital de Hacienda  

Modifica el Concepto de la Secretaría Distrital de Hacienda 1125 de 2006, en el sentido de indicar que los Fondos de Servicios Educativos no forman parte del Presupuesto Anual del Distrito Capital, por lo tanto no estarán sujetos a la práctica de retenciones por concepto de las estampillas Pro Cultura y Pro Personas Mayores de que tratan los Acuerdos 187 y 188 del 2006 y el Decreto Reglamentario 479 de 2005, por cuanto el hecho generador de las estampillas esta constituido por la suscripción de contratos y adiciones de los mismos firmados a partir del 1º de enero de 2006, en los cuales participen los organismos y entidades que conforman el presupuesto anual del Distrito Capital de Bogotá, quienes ostentando tal calidad deberán actuar como agentes retenedores de las estampillas siempre que celebren los contratos gravados con las mismas.
 

 
2019   Concepto 2019IE de 2019 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico  

Establece que, para la procedencia del cobro de la tasa en las estampillas Distritales, es necesaria una contraprestación, en razón a que en los convenios de asociación no existen contraprestaciones, bastaría para concluir que no es posible cobrar y/o retener sumas de dinero a título de estampillas Distritales, derivadas de los aportes en dinero que haga la Administración.
 

 
2020   Concepto 8557 de 2020 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico  

Emite concepto señalando que la doctrina tributaria vigente de la Secretaría de Hacienda Distrital es clara al afirmar que los convenios suscritos por las entidades distritales no se encuentran gravados con los tributos de estampillas existentes, y que por ningún motivo, menos en uso del método de interpretación analógica, proscrito en materias tributarias, puede una entidad pública cobrar, liquidar o retener estampillas distritales respecto de la suscripción de convenios, cualquiera sea su naturaleza, como los convenios interadministrativos, los convenios de cooperación, convenios de asociación o convenios de cooperación internacional.
 

 
2020   Concepto Unificador 2020EE de 2020 Secretaría Distrital de Hacienda  

Emite concepto unificador sobre Estampillas Distritales
 

 

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