1996 |
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Decreto 407 de 1996 Nivel Nacional
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Establece que las Cajas de Compensación Familiar, clubes sociales, establecimientos educativos, organizaciones comunales y demás organismos que sin tener como objeto social único o principal la actividad deportiva, fomenten y patrocinen acciones de esta naturaleza, deberán organizar los correspondientes clubes, con sujeción a lo dispuesto en las normas legales, los que deberán afiliarse a las ligas o asociaciones departamentales o distritales, de acuerdo con la actividad o modalidad deportiva, una vez obtenido el reconocimiento deportivo. Señala los requisitos para su otorgamiento o renovación, vigencia del reconocimiento. |
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