Documentos para OBRAS PUBLICAS :: Movilidad y Seguridad Vial
Año   Documento   Restrictor  
2004   Decreto 343 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea el Subcomité de Movilidad y Seguridad Vial para las Obras del Distrito Capital. Señala su objeto, designa la integración e indica sus funciones.
 

 
2006   Ley 1083 de 2006 Congreso de la República de Colombia  

Establece que con el fin de dar prelación a la movilización en modos alternativos de transporte, los municipios y distritos que deben adoptar Planes de Ordenamiento Territorial en los términos del literal a) del artículo 9º de la Ley 388 de 1997, formularán y adoptarán Planes de Movilidad según los parámetros adoptados. Para ello los Alcaldes de los municipios y distritos tendrán un plazo de 2 años, para adoptar mediante Decreto los Planes de Movilidad en concordancia con el nivel de prevalencia de las normas del respectivo Plan de Ordenamiento Territorial. Señala los parámetros que deben tenerse en cuenta para el acceso de todas las personas a las redes de movilidad y transitar por las mismas en condiciones adecuadas, en especial a las niñas, niños y personas que presenten algún tipo de discapacidad , y dicta algunas disposiciones sobre gestión ambiental.
 

 
2007   Decreto 606 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Ordena a la Secretaría Distrital de Planeación, la revisión y actualización vial de los desarrollos legalizados o en proceso de legalización, consolidados antes de la entrada en vigencia del Decreto Distrital 469 de 2003, sin perjuicio de la aplicación de las normas relativas a los motivos de utilidad pública, contenidas en las leyes 9ª de 1989 y 388 de 1997 y en las demás disposiciones vigentes sobre la materia. Señala que la Secretaria Distrital de Planeación tendrá un término de 1 año, contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, y tomará como base de la revisión el inventario que reposa en esa Secretaría y en el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, entre otros soportes.
 

 
2010   Decreto 798 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta Parcialmente la Ley 1083 de 2006 "por medio de la cual se establecen algunas normas sobre planeación urbana sostenible", estableciendo los estándares urbanísticos básicos para el desarrollo de la vivienda, los equipamientos y los espacios públicos, necesarios para su articulación con los sistemas de movilidad, principalmente con la red peatonal y las ciclorutas que complementen el sistema de transporte y se establecen las condiciones mínimas de los perfiles viales al interior del perímetro urbano de los municipios y distritos que hayan adoptado plan de ordenamiento territorial; fija las condiciones mínimas de los perfiles viales al interior del perímetro urbano como son los estándares para los andenes, las ciclorutas, el carril, los cruces peatonales a desnivel y Construcción del perfil vial.
 

 
2012   Resolución 2055 de 2012 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU  

Hace una delegación al Director Técnico de Administración de Infraestructura para dirigir, coordinar, ejecutar el seguimiento y control de la estabilidad de las obras ejecutadas, entregadas y recibidas por el IDU y para adelantar las actuaciones tendientes a hacer efectivas las garantías de estabilidad de dichas obras. De las funciones antes citadas se encuentran la de dirigir y coordinar la revisión periódica y el seguimiento de las obras ejecutadas, entregadas y recibidas por el Instituto de Desarrollo Urbano, con ocasión de los contratos de obra de infraestructura vial y espacio público, expedir el acto administrativo mediante el cual decida sobre la declaratoria o no de incumplimiento y efectividad de la garantía única de cumplimiento en su amparo de calidad y estabilidad de la obra, constituida dentro de los contratos de obra de infraestructura vial y espacio público entre otros.
 

 

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