Documentos para RESERVAS FORESTALES :: Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C. "Thomas Van Der Hammen"
Año   Documento   Restrictor  
2013   Concepto 37823 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta respecto a si es posible reconocer a la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D.C., ¿Tomas Van der Hammen¿ como área protegida.¿teniendo en cuenta que la Secretaría Distrital de Ambiente ostenta la calidad de autoridad ambiental en el Distrito Capital, además de cumplir con funciones encaminadas a la conservación, aprovechamiento, desarrollo y fortalecimiento de las áreas protegidas, funciones cuyo cumplimiento demanda el conocimiento de todas las áreas que han sido catalogadas como protegidas en el Distrito Capital, se considera que los pronunciamientos jurídicos emitidos por la Dirección de Asuntos Legales de dicho organismo, deben estar dirigidos a unificar y estandarizar los conceptos relacionados con las normas ambientales, los cuales deben contener la revisión de la normativa ambiental vigente y la doctrina expedida al respecto¿. ¿Según lo expuesto por la Dirección Legal Ambiental, la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D.C. ¿Tomas Van der Hammen¿ hace parte del sistema de áreas protegidas del Distrito Capital, recibirá el trámite de área protegida, y dicha Reserva se enmarca dentro de los supuestos de hecho previstos en el artículo 3° del Acuerdo Distrital 105 de 2003¿. ¿teniendo en cuenta las disposiciones normativas señaladas, aunado al hecho que no se conoce que se haya declarado la suspensión provisional o se haya declarado la nulidad de tales disposiciones, se considera que la franja de conexión, restauración y protección, sobre la que está constituida la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C., "Thomas Van der Hammen", hace parte del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital, para efectos de planificación e inversión¿.
 

 
2014   Acuerdo 21 de 2014 Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR  

Adopta el Plan de Manejo Ambiental de la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá, D.C. Thomas van der Hammen, Define su contenido, ámbito espacial, objetivos; zonificación y usos; lineamientos generales y específicos; programas y proyectos; incorporaciones, sustracciones, construcción de nuevas vías, determinante ambiental; función amortiguadora y perspectiva ambiental; plan de contingencia para la reubicación laboral; registro y sanciones.
 

 
2015   Decreto 556 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara las condiciones de urgencia, por razones de utilidad pública e interés social, para la adquisición por vía de expropiación administrativa, del derecho de dominio y demás derechos reales que recaen sobre los inmuebles ubicados en el área definida en los artículos 1 y 2 de la Resolución 835 de 2015 de la Secretaria Distrital de Ambiente, así como en los planos y anexos de la misma, en razón de la necesidad de consolidar la conectividad ecológica, protección y restauración de los valores ambientales entre los cerros orientales, el área de Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá "Thomas Van Der Hammen" y el río Bogotá. Señala el inicio actuaciones administrativas y presupuestales, ámbito de aplicación, entidad encargada, adquisición y entrega material de predios, y práctica de avalúos.
 

 
2015   Resolución 835 de 2015 Secretaría Distrital de Ambiente  

Declara la utilidad pública e interés social de 2 áreas de terreno prioritarias para consolidar la conectividad ecológica, protección y restauración de los valores ambientales entre los cerros orientales, el área de reserva forestal regional productora del norte de Bogotá "Thomas Van Der Hammen" y el río Bogotá. La primera de 1.168,76 hectáreas de extensión localizada al interior del área de la anterior Reserva Forestal Regional, ubicada dentro de las coordenadas señaladas en el artículo 3° del Acuerdo No. 021 del 23 de septiembre de 2014 expedido por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca ¿ CAR-, el cual forma parte integral de la Resolución, a efecto de consolidar la conectividad ecológica entre los ecosistemas de los Cerros Orientales y el valle aluvial del río Bogotá, así como la protección y restauración de los valores ambientales del borde norte de la capital. La otra correspondiente a 59.55 has que corresponde a los polígonos 2B (1,39 has), 2C (12,10 has), 2D (0.12 has), 6 (2.36 has) y 7 (43.58 has) que hacen parte de la medida de protección adoptada por esta Secretaría en las áreas aledañas al Parque Ecológico Distrital de Humedal Torca Guaymaral y a la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C. "Thomas Van Der Hammen", soportadas en el Informe Técnico No. 00948 del 17 de junio de 2015, elaborado por la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Ambiente, cuya localización se encuentra en el plano adjunto, que hace parte integral de la presente Resolución. Se ordena a las dependencias competentes de la Secretaría de Ambiente adelantar los trámites de enajenación voluntaria o de expropiación en los términos de la ley 9 de 1989 y sus normas modificatorias o complementarias.
 

 
2016   Resolución 2228 de 2016 Secretaría Distrital de Ambiente  

Deroga la Resolución 835 de 2015 Por medio de la cual se declara de utilidad pública e interés social áreas de terreno prioritarias para consolidar la conectividad ecológica, protección y restauración de los valores ambientales entre los cerros orientales, el área de reserva forestal regional productora del norte de Bogotá D.C. Thomas van der Hammen y el río Bogotá y se adoptan otras determinaciones, entre otras razones, porque la declaratoria de utilidad pública se hace respecto de la adquisición de los inmuebles, y la contenida recae sobre un área de terreno de 1.168 hectáreas de extensión localizadas en la Reserva, por lo que la declaratoria realizada no guarda congruencia con la establecida para tales efectos en la Ley 388 de 1997
 

 

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