Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1970 |
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Decreto 303 de 1970 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohibición de conceder exenciones de impuestos por concepto de rifas |
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1973 |
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Decreto 730 de 1973 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Decreto 730 de 1973 Se autoriza a las localidades para permitir el funcionamiento de clubes y similares |
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1979 |
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Decreto 966 de 1979 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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se modifican los Decretos 0974 de 1969 y 397 de 1975 y se dictan otras disposiciones sobre la presentación de Artistas de Espectáculos Nacionales o Extranjeros en el Distrito Especial de Bogotá |
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1984 |
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Decreto 761 de 1984 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Decreto 761 de 1984 Sanciones a quien explote el negocio de juegos y apuestas permanentes sin el respectivo permiso |
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1988 |
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Decreto 115 de 1988 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Decreto 115 de 1988 Se dictan normas sobre rifas juegos y espectáculos públicos Competencia de los alcaldes menores |
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1990 |
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Decreto 268 de 1990 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Obligaciones de los sujetos pasivos del impuesto sobre juegos, rifas y espectáculos públicos |
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1991 |
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Radicación 394 de 1991 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil
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Radicación 394 septiembre 10 de 1991 Sala de Consulta y Servicio Civil |
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1992 |
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Acuerdo 5 de 1992 Concejo de Bogotá, D.C.
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Acuerdo 5 de 1992 Se dictan normas sobre el impuesto de juego |
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1993 |
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Acuerdo 8 de 1993 Concejo de Bogotá, D.C.
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Acuerdo 8 de 1993 Modifica el procedimiento y se autoriza al instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, para liquidar y recaudar el Impuesto a los espectáculos públicos |
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1994 |
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Acuerdo 10 de 1994 Concejo de Bogotá, D.C.
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Acuerdo 10 de 1994 Concejo Distrito Capital Se dictan normas relacionadas con los juegos, rifas y espectáculos para proteger la familia se prohibe la realización de toda clase de juegos sin la obtención del permiso de explotación emitido por Ecosalud |
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1994 |
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Decreto 1660 de 1994 Nivel Nacional
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Decreto Nacional 1660 de 1994 Se reglamenta la organización y funcionamiento en los municipios y distritos |
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1995 |
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Acuerdo 15 de 1995 Concejo de Bogotá, D.C.
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Acuerdo 15 de 1995 Se reglamenta la presentación de los artístas extranjeros |
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1995 |
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Decreto 1612 de 1995 Nivel Nacional
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Organización y funcionamiento de las rifas de competencia municipal y Distrital, art. 1 y 2. |
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2002 |
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Decreto 1659 de 2002 Nivel Nacional
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Se reglamenta la distribución y giro oportuno por parte de ETESA de los recursos de que trata la Ley 643 de 2001. Los recursos provenientes de los juegos de suerte y azar serán distribuidos entre los municipios, los distritos y el Distrito Capital con un porcentaje señalado Art. 1 a 4. Periodicidad e informes de distribución y giros que corresponde a cada municipio, Art. 5 a 8. |
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2011 |
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Decreto 4142 de 2011 Nivel Nacional
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Crea la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, denominada COLJUEGOS, como una Empresa descentralizada del orden nacional, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuyo objeto será la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad. Establece sus funciones, estructura y estructura, entre otros. |
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2014 |
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Decreto 1278 de 2014 Nivel Nacional
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Reglamenta los artículos 7, 32, 33, 34, 35 y 41 de la Ley 643 de 2001, en lo relacionado con la operación de los juegos de suerte y azar localizados. Podrán operar los juegos de suerte y azar localizados las personas jurídicas que obtengan autorización de Coljuegos y suscriban el correspondiente contrato de concesión. Define su ámbito de aplicación, autorización, contrato de concesión y término para su suscripción; pago de derechos de explotación, gastos de administración e intereses moratorios; garantías, giros de los recursos del monopolio, función de policía judicial, entre otras disposiciones. |
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2015 |
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Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia
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Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". Están excluidos del ámbito de la ley los juegos de suerte y azar de carácter tradicional, familiar y escolar, que no sean objeto de explotación lucrativa o con carácter profesional por quien lo opera, gestiona o administra, así como las competiciones de puro pasatiempo o recreo; también están excluidos los juegos promocionales que realicen los operadores de juegos de suerte y azar, las rifas para el financiamiento del cuerpo de bomberos, los juegos promocionales de las beneficencias departamentales y de las sociedades de capitalización que solo podrán ser realizados directamente por estas entidades. (Artículo 94). |
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2021 |
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Decreto 1494 de 2021 Nivel Nacional
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Modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para adoptar medidas frente al monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, tales como la formulación y vigencia de los planes de premios, devolución de los billetes preimpresos no vendidos, contenido único de apuestas permanentes o chance, compensación contractual, giro de los recursos del monopolio, distribución de los recursos provenientes de los incentivos de premio inmediato del juego territorial, entre otros. |
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Normas Aplicables
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