Documentos para INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - IPS :: Trasplantes, Implantes o Reacomodación de Componentes Anatómicos
Año   Documento   Restrictor  
2004   Decreto 2493 de 2004 Nivel Nacional  

Regula la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición de componentes anatómicos; fija procedimientos para ello. Red de donación y trasplante nacional y regional -a cargo de Direcciones Departamentales y Distritales de Salud-; integración y funciones; instituciones dedicadas a estos procesos, evaluación de la red, información, muerte encefálica, donación, utilización, extracción, rescate, distribución y trasplante de componentes, presunción de donación, Comités Institucionales de Trasplantes, registros, tejidos, componentes, promoción, Bancos de Tejidos y Médula Ósea, Docencia e investigación y vigilancia sanitaria.
 

 
2005   Resolución 2640 de 2005 Ministerio de la Protección Social  

Reglamenta los artículos 3º, 4º, 6º parágrafo 2º, 7º numeral 10, 25 y 46 del Decreto 2493 de 2004, por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 9ª de 1979 y 73 de 1988, en relación con los componentes anatómicos. Determina las obligaciones que deben cumplir las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud habilitadas para realizar procedimientos de trasplantes o implante.
 

 
2009   Acuerdo 363 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que la Secretaría de Salud y las ESE¿S del Distrito Capital, coordinarán el acompañamiento en todas sus fases y a través de personal idóneo, la gestión operativa de la donación y el transplante de órganos y tejidos, dentro del marco jurídico legal vigente.
 

 
2009   Acuerdo 419 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece la obligatoriedad de reportar las muertes en el momento de su ocurrencia con fines de transplante de órganos y tejidos. Señala que la Secretaría Distrital de Salud en el marco de la normatividad vigente, adoptará las medidas necesarias y conducentes para el reporte inmediato a la Regional No. 1 de donación y transplantes, del fallecimiento de personas en las instalaciones de la Red Hospitalaria del Distrito Capital, con excepción de aquellas personas que presenten contraindicaciones para ser donantes potenciales, medidas que tendrán como objeto, agilizar los procesos legales para el transplante de tejidos humanos, por parte de las entidades competentes.
 

 
2020   Sentencia T-062 de 2020 Corte Constitucional de Colombia  

Establece que los órganos que se extraen de los donantes en una determinada región se asignan a la lista de espera de la respectiva regional y esta las distribuye entre las IPS con las que tiene convenio. Esto implica que los pacientes reciban donaciones de órganos de los lugares que corresponden a su coordinación regional excepcionalmente puede darse el caso que una IPS reciba órganos de otros departamentos, cuando en la regional de origen no se dispone de recursos humanos o técnicos para realizar su rescate por lo cual el tiempo de espera para la realización de un trasplante puede variar en función de ello.
 

 

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