Documentos para IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO :: Recaudo Medios Electrónicos
Año   Documento   Restrictor  
2002   Resolución 258 de 2002 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se establece sistema de presentación y pago electrónico para el impuesto predial unificado y el impuesto sobre vehículos automotores; mecanismos, transmisión de la información, comunicación entre el Banco y la Secretaría de Hacienda, servicios y pago electrónico; acuse recibo del contribuyente; validación de archivos de envío de la entidad financiera para recaudar art. 10 a 14.
 

 
2004   Resolución 453 de 2004 Secretaría Distrital de Hacienda  

Modifica la Resolución 1427 de 2003, al autorizar a los bancos y demás entidades especializadas del sector financiero, para realizar el recaudo de los tributos distritales a través de medios electrónicos; señala las obligaciones que deben cumplir las entidades recaudadoras, determina que el factor "T" corresponde al reconocimiento en días calendario que se otorga por colocar a disposición de los contribuyentes medios electrónicos para el pago de los impuestos Predial Unificado, Vehículos Automotores e Industria y Comercio del Distrito e indica la forma en que este factor se otorga.
 

 
2011   Resolución 61 de 2011 Secretaría Distrital de Hacienda  

Las entidades recaudadoras autorizadas, podrán recaudar los impuestos, retenciones, sanciones e intereses de los tributos distritales a través de medios electrónicos de pago, tales como: débito, domiciliación, Internet, audio respuesta, datafono, cajero electrónico, botones de pago, corresponsales no bancarios o cualquier otro mecanismo que se adopte para tal fin, sin que por ello pueda cobrar la entidad financiera valor alguno al contribuyente.
 

 

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