Acoge para la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital la aplicación transitoria del Decreto 734 de 2012 en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013, hasta el 31 de Diciembre de 2013.
Adopta la tabla de honorarios de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales, que celebre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital en el marco de Convenios y Contratos en los cuales actúe como gestor u operador catastral en jurisdicciones diferentes a la ciudad de Bogotá D.C
Deroga la resolución 792 del 24 de septiembre de 2020 y se adopta la tabla de honorarios para la vigencia 2020 de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, que celebre la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital en el marco de Convenios y Contratos en los cuales establezca sedes, gerencias o unidades de negocio en el territorio nacional y su ejecución se lleve a cabo en jurisdicciones diferentes a la ciudad de Bogotá D.C.
Reglamenta el procedimiento para el reconocimiento y autorización de desplazamientos, gastos de viaje y transporte de los contratistas de prestación de servicios de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
Establece que los contratos y convenios que requiera celebrar la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital se sujetarán a las reglas y principios previstos en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Define los parámetros y criterios objetivos para fijar los honorarios de los contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión que celebre con personas naturales la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
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