Define lineamientos generales en materia de prevención del daño antijurídico y defensa judicial, especialmente en cuanto a los actos administrativos, las solicitudes de organismos de control e instancias judiciales, la gestión pública general, la materia contractual y la acción de repetición.
Adopta políticas para la prevención del daño antijurídico, en relación con la definición de procesos y procedimientos, contratación, actuación en el marco de las competencias institucionales y las emisiones de respuestas a solicitudes y peticiones.
Adopta los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
Fija criterios para la selección de abogados externos y de personas jurídicas que ejerzan representación judicial en nombre de Bogotá Distrito Capital. Así mismo, establece lineamientos para la selección de abogados externos que defiendan los intereses de la entidad y del Distrito Capital ante Tribunales de Arbitramento.