Documentos para IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES :: Sujeto Pasivo
Año   Documento   Restrictor  
2009   Concepto 1197 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

¿ el contribuyente solo quedará exonerado, si por una parte pierde las calidades aludidas de propietario o poseedor de un vehículo gravado y matriculado en el Distrito Capital, y si por la otra, es cancelada la matrícula del automotor, situación ésta que pone fin a la existencia jurídica del mismo y por ende a las obligaciones que en materia tributaria se le imponen. De tal manera, que el sujeto pasivo del tributo no desaparece al operar la declaratoria de abandono, porque para que ello ocurra debe darse cualquiera de los eventos antes enunciados¿ la responsabilidad del impuesto sobre vehículos automotores solo cesará a partir de la cancelación de la matrícula del automotor, o cuando se pierde la calidad de propietario y se registra este hecho ante las autoridades respectivas, mientras no se lleve a cabo éste trámite subsisten todas y cada una de las obligaciones tributarias, en cabeza de quien figure como propietario en los registros automotores. Es así, como la declaratoria de abandono no exonera de las obligaciones tributarias pues como ya se dijo, la calidad de sujeto pasivo sobre el vehículo no se pierde por tal declaratoria,¿
 

 
2011   Acuerdo 469 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que cuando se trate de vehículos automotores vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo serán sujetos pasivos del gravamen los fideicomitentes y/o beneficiarios del respectivo patrimonio, quienes adicionalmente presentarán la respectiva declaración tributaria.
 

 
2011   Concepto 1207 de 2011 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

Criterios relativos a la vigencia de la Ley 1430 de 2010 y el Acuerdo Distrital 469 de 2011. ¿¿Establece la norma la sujeción pasiva de los tributos territoriales en cabeza de las personas naturales y jurídicas, y sociedades de hecho en quienes se realice el hecho gravado. Conforme con la normativa vigente en el Distrito Capital encontramos entonces que son sujetos pasivos de los tributos distritales los siguientes:¿ ¿Sobre vehículos automotores: Los propietarios o poseedores de vehículos automotores gravados, matriculados en el Distrito Capital¿.
 

 
2021   Resolución 19349 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

Establece las personas naturales, jurídicas y/o sociedades de hecho y el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá -DIB-, en relación con los sujetos pasivos de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores y deroga la Resolución No. DDI -029529 de 2019.
 

 

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